Artículos del autor, sobre política, bioética, narcotráfico, derecho, filosofía, religión genética, patrimonio cultural
domingo, 4 de septiembre de 2016
“PRO-VIDA”: NI A FAVOR DE LA VIDA NI EN CONTRA DEL ABORTO
[1] Miranda, M. y Bertín, X, “Seis personas
condenadas por aborto en Chile cumplen penas en la cárcel”. Disponible en
lunes, 8 de agosto de 2016
EN TORNO AL ROBO DE LA BANDERA CHILENA, SOBRE LA QUE O’HIGGINS JURÓ SU INDEPENDENCIA
(Del capítulo “Por motivaciones ideológicas”, del libro inédito
“MuseoRobado. El robo de museos en Chile considerado como una de las bellas artes”)
Al salir por el costado izquierdo de la sala de robos con motivación económica, llegas a una sala de pequeñas dimensiones. Silencio, respeto y cuidado, estás entrando a uno de los lugares más sagrados de MI Museo.
En el centro de la sala, dos vitrinas, iluminadas desde arriba con focos direccionales, muestran las únicas piezas que con certeza se pueden exhibir en esta sala. Un ejemplar del Acta de la Independencia de Chile, impresa, pero con la rúbrica de O’Higgins y sus ministros, en una vitrina. En la otra, en el solemne entorno que dan los colores dorados, la bandera chilena sobre la que O’Higgins juró la independencia de la patria.
La sala está destinada a exhibir aquí robos tras los cuales hubo una clara inspiración esencialmente ideológica. Como hemos señalado anteriormente, los robos de museos tienen como motivación general la búsqueda de recompensa económica. De manera inusual, sin embargo, hay algunos en que dicha motivación varía. Se trata de excepcionales obras de arte, como hay pocas, y que, en este caso, merecen un detenido y acucioso análisis estético, que los invito a hacer.
A un Museo moderno no sólo le corresponde exhibir, presentar, proponer, sugerir y orientar, también analizar. Y el análisis de estas situaciones, aunque para muchos hoy resulte incomprensible, se remonta a mi más tierna infancia, pero ello ni por el lado del arte, ni por el amor al delito, más bien por el amor a las ideas. Cuando sólo había dado nueve pasos, mi cerebro se nutría de Allendismo. Éramos pocos en el curso, y yo era el único que hablaba y defendía. La derrota fue violenta, y la burla de mis compañeros también. Ese año Frei, el viejo, ganó por mucho. La “patria joven” marchó por Chile, y la Revolución en Libertad inició su corto camino al fracaso.
Pero volvamos a esta sala. El Giotto adelantó el Renacimiento, Goya, adelantó el arte moderno y Duchamp, con su urinario, el arte conceptual. Así, nos enseñó hace casi 100 años, que también en el arte lo que realmente importa es la idea. Más que la forma o la materia, lo verdaderamente valioso puede ser la propuesta de reflexión. El arte hoy, en su diversidad de manifestaciones, se entiende siempre como un proceso reflexivo-comunicativo, que reconoce la necesidad de destacar, desde cualquier visión contemporánea, la multidimensionalidad de la acción realizada, que expresa la libertad del genio, y que debe aspirar a la comprensión del otro.
En el caso de los robos por motivación ideológica debemos considerar al menos, entre las cuestiones que no son menores, el aspecto directamente político que implican, pero también el posible impacto psicológico que pueden ser capaces de producir, ya sea en el enemigo al que directamente atacan, o en la población en general.
Los casos de robos de museos motivados por razones ideológicas presentan características especiales. Se trata de afectar piezas con un alto contenido simbólico, y la acción, precisamente por ello, persigue un objetivo que trasciende la temática cultural o económica. Mediante estos hechos, los autores privan al enemigo de un símbolo de su identidad cultural, recuperan una pieza que los identifica, o se adueñan de manera exclusiva de un elemento valioso compartido. En algunos casos el objetivo perseguido puede ser simplemente exhibir capacidad operativa y/o mostrar las debilidades del enemigo.
En una situación de conflicto con fuertes connotaciones nacionalistas y racistas, como la guerra ocurrida en los Balcanes entre 1991 y 1995, ejemplos de robos con motivaciones ideológicas fueron frecuentes. En América latina es posible distinguir dos momentos relevantes en la realización de estas conductas. El primero se identifica con la conquista y colonización española. El segundo, con la división política, izquierda – derecha, y los casos más destacados se insertan en el ambiente de la guerra fría.
En la historia pasada de Nuestra América, el contenido ideológico está cargado de connotaciones políticas y religiosas, y con seguridad uno de los casos más representativos sea el robo de las momias de los Reyes Incas, que tratamos con más detalle al referirnos a Los Precursores.
Pero los objetos que en esta sala se exhiben no sólo no corresponden a la cultura indígena, pues son claramente republicanos, sino que la motivación del robo estuvo inspirada fuertemente en episodios contemporáneos a dicha apropiación.
El 16 de julio de 1969, la bandera original, la que estuvo en el desembarco en La Agraciada, el hecho considerado por los uruguayos como la primera acción de su proceso de independencia, y la bandera el más poderoso símbolo de ese proceso, esa de tres franjas horizontales del mismo ancho, azul, blanco y rojo, con el lema “Libertad o Muerte” escrito con tinta negra en la franja central, esa bandera inmortalizada por Blanes en un cuadro de dimensiones monumentales que lleva por título “El juramento de los treinta y tres orientales” y en el que aparece Juan Antonio Lavalleja enarbolándola, esa que permaneció, enmarcada en vidrio para su exhibición por decenas de años en el Museo Histórico Municipal, fue robada por militantes del grupo de orientación anarquista denominado Organización Popular Revolucionaria 33 Orientales, (OPR 33). Hasta hoy, la bandera se encuentra desaparecida.
El robo de la bandera de los 33 orientales fue conocido y alabado por muchos grupos políticos latinoamericanos y posteriormente fue reconocido como inspirador de acciones de naturaleza similar. De una de esas da cuenta la sala en la que estamos, en cuyo centro, la bandera chilena sobre la que O’Higgins juró la independencia de la patria, constituye un emotivo homenaje a quienes, en la lucha por la libertad, la enarbolaron ayer, y la enarbolan hoy, cualquiera sea su militancia.
En marzo de 1980 la dictadura chilena sólo mostraba indicios de querer perpetuarse, a costa de la vida, la sangre y la dignidad de millones de habitantes que la sufrían. Miles ya habíamos pasado por centros de tortura y o campos de concentración, cientos de miles habían sido sacados a la calle, golpeados, humillados en las poblaciones más humildes del país, y millones de personas vivían privadas de los más elementales libertades, como la de información, opinión, asociación. En estas condiciones, el Movimiento de Izquierda Revolucionario (MIR) agrupación política surgida en los años 60 claramente inspirado en la revolución cubana, y una de las que promovía el enfrentamiento armado a la dictadura, decidió ampliar su actividad militar, permitiendo que sus “Milicias Populares”, irrumpieran en el mundo político militar con una acción de enorme contenido simbólico. Inspirados, como ellos mismos lo han señalado en las acciones llevadas a cabo en Uruguay y Colombia ya descritas, decidieron apoderarse, desde el Museo Histórico de Chile, de la bandera nacional sobre la que se había jurado la independencia de la patria.
La ubicación, en ese entonces, del museo, a los pies del cerro Santa Lucía, y a un costado de la Biblioteca Nacional, hacía aún más osada la acción militar. A pocas cuadras del palacio de gobierno, La Moneda, por el costado poniente y del edificio donde funcionaba la Junta Militar, el Diego Portales, por el oriente, constituía una zona altamente protegida.
Luego de días de estudiar el lugar, cantidad de guardias, horarios, rutinas, el domingo 30 de marzo, a las 11 de la mañana, y luego de robar una camioneta, cuyo conductor permaneció amarrado en la parte posterior de ella, la estacionaron a un costado del museo. Los milicianos entraron y dado que los guardias estaban en otros lugares en ese momento, sin mayores dificultades rompieron el vidrio del lugar en que estaba la bandera, y salen del lugar.
La noticia explotó al día siguiente en la prensa, dando origen a las más desquiciadas hipótesis, todas ellas negando la posibilidad de una acción contra la dictadura: broma estudiantil de mal gusto, conducta de un psicópata, encargo de algún sofisticado coleccionista mundial.
Sólo una semana después el MIR reivindicó la acción, señalando “Que en todos los rincones de Chile se sepa que las milicias de la Resistencia Popular han recuperado de manos de la tiranía el emblema de la Independencia nacional para custodiarlo hasta el día, ya cercano, en que nuestro pueblo lo enarbolará con honra en una patria libre de opresión” Y agregaba “Porque sobre esta bandera que los padres de la patria jugaron la Independencia de Chile, nosotros, sus hijos leales, hemos jurado combatir sin descanso hasta derrocar la dictadura y construir la democracia de los trabajadores”. Para que no quedaran dudas sobre la verdadera autoría, días después el MIR envía un comunicado con fotografías del emblema, custodiado por milicianos armados.
La acción fue un duro golpe al orgullo de la dictadura. Se le atacaba exitosamente en dos de sus áreas más sentidas. Se trató de una acción armada, triunfante y además absolutamente limpia, sin disparar un solo tiro. Por otro lado, afectaba un símbolo patrio, protegido por aquellos que desde un comienzo pretendieron monopolizar el patriotismo.
De manera similar a como ocurrió con la espada de Bolívar, la bandera sobre la que O’Higgins juró la libertad de Chile nunca fue recuperada por los militares y permaneció desaparecida hasta avanzados años de la democracia. Sólo volvió a formar parte del patrimonio de la nación con libre acceso para todos, una vez que familias de militantes del MIR, asesinados por la dictadura y cuyos cuerpos fueron hechos desaparecer, decidieron hacer gestiones para entregarla, creando un hecho político que aumentara la presión sobre las fuerzas armadas chilenas, y de alguna manera los obligara a entregar información sobre los cuerpos de los miristas asesinados.
La bandera fue devuelta el año 2011, por padres y familiares de cientos de personas asesinadas y desaparecidas; los cuerpos de miles de desaparecidos, continúan desaparecidos.
viernes, 15 de julio de 2016
Desde los antiguos tiempos de la Grecia clásica podemos identificar razonamientos que buscan explicar conductas que hoy llamamos delictivas. Geniales algunos, ingenuos muchos, lo cierto es que la preocupación por el delito es varias veces milenaria. Va a ser necesario llegar hasta la Ilustración, para que dichas inquietudes se traduzcan en un conjunto de críticas con tan efectiva injerencia en el sistema penal, que muchas perduran hasta la actualidad. El nombre de Beccaria, asociado indisolublemente con esos planteamientos, legalidad del delito, eliminación de la tortura, humanidad de la pena, sigue presente, recordándonos que en algunas áreas no puede llegar la postmodernidad, si aún no cumplimos los desafíos de la modernidad.
Corresponderá si al siglo XIX ver como el modelo científico que tanto éxito reporta en las ciencias naturales, se dirige a la explicación de las conductas delictivas. Y desde un comienzo lo hace con perspectivas diferentes. Autores belgas y franceses, (aún recordamos con cierta familiaridad las llamadas “leyes térmicas” de Quetelet) buscarán en el análisis de las estadísticas judiciales tendencias y repeticiones que expliquen la evolución del fenómeno criminal, y autores italianos, con Lombroso a la cabeza, creerán en el “delincuente nato”, y buscaran en la estructura biológica del individuo los factores que, en el lenguaje de la época, configuren las “causas” del delito. En lo esencial, se trataba de entenderlo para prevenirlo.
Más allá de los aciertos o errores que pudieran presentar, lo concreto es que a fines del siglo XIX, una nueva disciplina aparece en el horizonte siempre complejo de la llamada “Enciclopedia del Delito”. A las ya clásicas áreas de la filosofía, referidas a la ética, la justicia, o aún más directamente la “pena”, y las disciplinas vinculadas al derecho, derecho penal, derecho procesal penal, y derecho penitenciario en sus esbozos, se ha unido la perspectiva empírica del análisis de delito, la llamada “criminología”, abriéndole paso a una biología criminal, psicología criminal, sociología criminal y aún estadística criminal, si de especializaciones se trata. Viniendo en sus planteamientos más conocidos desde el ámbito de la medicina, -Lombroso es médico- no puede extrañarnos que se hable de etiología criminal, prognosis criminal, terapéutica criminal, etc.
Nada pacífico ha sido el camino de la criminología, más que por las dificultades propias de su objeto, o del método, siempre complejo cuando la actividad que se estudia se comete por regla general de manera oculta o clandestina y el solo reconocimiento de ella puede conducir a la cárcel, pues las mayores dificultades han venido desde el interior mismo de la disciplina. En un primer momento fueron las diferentes orientaciones que al interior de ella se manifestaron, biológicas, psicológicas o sociológicas, que no sólo no lograban integrarse, sino que se presentaban claramente como incompatibles, pretendiendo cada una de ellas destruir a la otra. Fueron décadas de lucha de escuelas, en que buena parte de los esfuerzos de una orientación estaban dirigidos a mostrar los errores y la inutilidad de la otra. Es cierto que más tarde vino un esfuerzo por una criminología integrada, pero sería falso decir que fue exitoso. Desde luego fue más bien breve, y cuando se estaba en eso, el potente movimiento de la criminología crítica pareció reducir a cero el aporte de todos los esfuerzos anteriores. Las distintas orientaciones no habían sido más que esfuerzos desde diversas perspectivas, todas ellas “positivistas”, por justificar el injustificable sistema, que más que el delito, sancionaba la pobreza y por sobre todo las diferentes manifestaciones de rebeldía social, condenando las manifestaciones de desviación social, cuando estas cuestionaban los valores que los sectores dominantes habían logrado imponer, y querían mantener. La criminología era, más que una ciencia, una ideología de castigo y disciplina. A mediados de los años 70 la criminología crítica abjuraba del delito como su objeto de estudio y, en un giro copernicano, pasaba al paradigma del control. No el delito, sino el control del delito como objeto de la criminología. No los delincuentes, sino los políticos que creaban los delitos, los policías, que perseguían sólo a los desposeídos y los jueces que sancionaban conforme a intereses ajenos a la justicia.
De la mano del retorno conservador a la política internacional, la reacción no se hizo esperar. Especialmente de la mano de Reagan en los Estados Unidos y de Thatcher en Inglaterra, vimos resurgir la imagen del delincuente como un ser que voluntariamente elige delinquir, y por ello es plenamente responsable de delito, y con esa visión el auge de la cárcel como eficaz mecanismo del combate al delito, y en definitiva la fe en que esta vez sí el sistema penal resolvería lo que no había resuelto nunca. El neoclasicismo, también llamado modelo de “ley y orden”, se instaló no sólo en Nueva York, con su política de tolerancia cero, sino también en el ámbito académico, con teorías económicas aplicadas a la explicación del delito, y por sobre todo, con una política criminal represiva, que llenó las cárceles de seres humanos, como al parecer nunca había ocurrido en la historia de la humanidad. Los ecos de esta reacción conservadora, fracasada por cierto, aún perduran en países como el nuestro, en donde para muchos los problemas sociales siguen arreglándose con cárcel.
Pero si este complejo desarrollo de la disciplina gastó esfuerzos en autodestruirse, también fue abriendo caminos que estamos empezando a recorrer. Caminos que nos mostraron algunas cosas obvias, al menos hoy, y otras no tanto.
Quizás lo primero que aprendimos es que el fenómeno es más complejo de lo que se pensó. Probablemente tan complejo como la conducta humana misma. Y tal vez por ello, que su presencia está en todas partes. Si en un comienzo se identificó el delito con la conducta realizada por quienes estaban en las cárceles, hoy ya no hay duda que su presencia es ubicua. Si “El hombre delincuente”, de Lombroso, nos otorgó la primera visión, “El delito de cuello blanco”, de Sutherland, nos amplió el horizonte donde buscarlo y la criminología crítica nos entregó una nueva visión de clases del fenómeno, que por cierto no se ha plasmado en la realidad.
En este descubrimiento de la complejidad del delito, cuestión que hoy parece obvia desde un comienzo, fuimos lentamente abandonando las pretensiones más ambiciosas. Más que de “causas suficientes y necesarias” del delito, hoy preferimos hablar de “factores significativamente asociados”; más que de “teorías omnicomprensivas” de todo delito y todo delincuente, de “teorías de alcance medio” y de “esquemas tipológicos”, aplicables a ciertas situaciones concretas. Hemos aprendido que hay diferentes niveles de análisis. Después de todo parece obvio que no es lo mismo explicar por qué aumenta o disminuye cierta tasa delictiva en un determinado territorio, por qué se realizó tal hecho delictivo en particular, o por qué un determinado individuo desarrolló una carrera criminal.
En este proceso de comprensión del fenómeno también aprendimos que en el drama penal no solo interviene el delincuente, sino igualmente la víctima, que su rol puede ayudar a entender el delito, al menos en algunos casos como en aquellas estafas en que la víctima es presa de su ambición desmedida, o nos puede ayudar a entender por qué se perpetúa, como en ciertos casos de violencia doméstica, y por cierto, que merece una profunda consideración por parte de un estado que, poseyendo el monopolio de la fuerza legítima, fracasó en protegerla.
El delito, hoy lo sabemos, no es una realidad ontológica, nada hay en una conducta determinada que la defina esencialmente como delictiva, todas son resultados de un doble proceso, selección y atribución.
¿Por qué a quien mata a su enemigo lo castigamos si es en tiempo de paz, y lo glorificamos si es en tiempo de guerra? ¿Por qué es delito si el empleado de una farmacia se apropia de una caja de Paracetamol y no lo es si los dueños se coluden con otras para fijar los precios? ¿Por qué ayer era delito el adulterio y hoy ya no lo es? ¿Por qué hay un delito especial referido al robo de cajeros automáticos y ninguno referido al robo de patrimonio cultural?
El delito es, ya lo dijimos, en su definición, un doble proceso. Selección por un lado de ciertas conductas, y atribución de la condición de delito a ellas. ¿Qué aprendimos de ello? De partida, que un estudio acabado del delito debiera considerar no solo a lo ya definido como tal, sino también los procesos que llevaron a dicha definición, y aún la pregunta legítima de por qué no son definidas como delito ciertas conductas socialmente muy dañinas, como las mencionadas más arriba por ejemplo.
Pero también aprendimos que la construcción social del delito no termina ahí, sino que el proceso selectivo continúa, y que en definitiva el sistema penal persigue y sanciona sólo a algunos. Una vez más a los más pobres, a los fracasados, a los más feos incluso, (encaran a la vida con “cara de delincuentes”, en el decir de muchos). De ahí la obviedad Bekeriana: es criminal quien es definido como criminal.
Hemos avanzado, es cierto, pero ello no significa que todo esté resuelto. En verdad ni siquiera que “mucho” esté resuelto. Por el contrario, la criminología se perfila hoy con múltiples interrogantes, probablemente más y más profundas que en sus comienzos.
Desde luego, una crítica común desde la academia, es la visión administrativista que ha adquirido la disciplina en muchos casos. Más que entender el delito, el objetivo parece ser simplemente administrarlo. Y como consecuencia de ello, surge una política criminal que más que disminuir los factores que se asociación a su génesis, busca simplemente modificar las circunstancias desencadenantes (más y mejor iluminación en las calles, más cámaras de televisión, más policías, etc.).
Pero no sólo eso. Las teoría vuelven a manifestarse en múltiples direcciones, sólo que esta vez muchísimo más variadas y complejas. ¿Fue la aprobación del aborto en Estados Unidos en los comienzos de la década del 70, con la disminución de los hijos no deseados, lo que disminuyó la tasa delictiva a fines de los 80? ¿Fue el enorme tumor que tenía en la corteza orbitofrontal el factor determinante en la conducta sexualmente delictiva que desarrolló “Alex”, que desapareció luego de la cirugía cerebral y volvió a aparecer cuando reapareció el tumor? ¿Disminuye el delito porque los video juegos mantiene a los jóvenes fuera del las calles? ¿Ha disminuido la violencia porque los niños están menos expuestos al plomo de las gasolinas? Todas estas son hipótesis que en algún momento se han sostenido, no sólo seriamente, sino con argumentos empíricos que nos obligan a replantearnos muchos temas.
Como hemos visto, hoy incluso han resurgido las miradas biologicistas del delito, que parecían enterradas definitivamente en los años 70. Por cierto ya no se nos habla de los estigmas lombrosianos, sino que los principales desafíos vienen especialmente desde la genética y la neurología. ¿Será que efectivamente hemos despreciado los factores biológicos determinantes de la conducta y estos vuelven a aparecer, pero hoy de la mano de los últimos conocimientos científicos sobre el ser humano? ¿Y qué decir de las nuevas teorías psicológicas sobre el aprendizaje? ¿Y de los aportes de la sociología?
La compresión del fenómeno delictivo, o más modestamente, el estudio de él, hoy resulta un desafío permanente. Un desafío teórico, en cuanto queremos comprender al hombre, un desafío ético, en cuanto de esa comprensión saldrán decisiones sobre la libertad de muchos, y la justicia de todos; pero también, y especialmente para quienes trabajan con dicha realidad, un desafío práctico que va a incidir definitivamente en la calidad y eficiencia del trabajo a realizar.
Y sin embargo en nuestro país, en donde el tema del delito constituye una de las más sentidas preocupaciones ciudadanas, poco o nada vemos en investigación científica que nos vuelva a las viejas cuestiones, entenderlo mejor para prevenirlo mejor.
Santiago julio de 2016
martes, 5 de julio de 2016
(A 20 años del nacimiento de Dolly y
a 10 de la promulgación de la Ley 20.120)( )
Artículo 17.- El que clonare o iniciare un proceso de clonar seres humanos … , será castigado con la pena de presidio menor en su grado medio a máximo y con la inhabilitación absoluta para el ejercicio de la profesión durante el tiempo que dure la condena.
En caso de reincidencia, el infractor será sancionado, además, con la pena de inhabilitación perpetua para ejercer la profesión”.
Ley 20.120
(Diario Oficial 22 de septiembre de 2006)
I. Los antecedentes
Dolly nació el 5 de julio de 1996 en Escocia, pero la noticia de ello se divulgó recién en febrero del año siguiente. A partir de la noticia de su existencia, un nuevo fantasma empezó a recorrer, ya no Europa, sino el mundo, el fantasma de la clonación humana. Y la reacción no se hizo esperar. Y es que al mostrar la posibilidad cierta de clonar mamíferos, y con ello, al confirmar indirectamente la posibilidad de hacerlo con humanos, políticos, religiosos, moralistas (y también algunos científicos) de diversas latitudes, sintieron la imperiosa necesidad de decir algo sobre la materia( ), y como frente a lo desconocido lo más fácil parece ser oponerse a ello, en lo esencial, hicieron esfuerzos por prohibirla. El ejemplo más significativo de esto lo dio la propia Declaración Universal sobre el Genoma Humana y los Derechos Humanos, que de manera precipitada, incluyó una disposición sobre la materia( ). En nuestro país, en los días siguientes a la noticia, se presentaron al Congreso al menos dos proyectos prohibiendo esa conducta( ), el primero de los cuales, con modificaciones, se ha transformado en la ley 20.120, de la que citamos el artículo 17 con que iniciamos este trabajo.
Ocho años después de la noticia, el fantasma se había instalado en el seno de la Organización de Naciones Unidas (ONU). Allí, en marzo de 2005 y tras un intenso debate, que se prolongó por más de 3 años, se aprobó un texto, no vinculante, sobre la clonación humana. Aprobado por 84 votos a favor, 34 en contra y 37 abstenciones, constituyó una muestra clara de la imposibilidad de consenso sobre la materia. Su carácter de no obligatorio y las noticias en los días siguientes que informaban que China, Brasil y otros países resolvían para su situación interna desconocer el valor de dicha declaración y permitir algunos de los experimentos en principio prohibidos por ella, daban cuenta de su poca efectividad y de lo importante que era buscar el consenso.
En aquella oportunidad, sin justificación alguna, y con los peores argumentos posibles, ante un mundo divido en dos bloques, Chile se alineo en aquel “… formado por naciones con bajos niveles educativos y científico-técnicos, comandados por un poder militar (Estados Unidos) y un poder religioso (el Vaticano)”( )( ).
Diez años después del nacimiento de Dolly, se promulgó la ley 20.120, que sanciona como autor de delito al que “…clonare o iniciare un proceso de clonar seres humanos…”. Demás está decir que no se ha sancionado a nadie por dicho delito. (Después de todo no se ha comprobado ninguna clonación humana o intento de ello en el mundo)
Pero la discusión que sobre la materia se dio si es interesante. Más que por la relevancia de sus argumentos, por la pobreza de ellos, y por eso mismo vale la pena recordarla.
II. Los “argumentos” contra la clonación humana
En estricto rigor debiéramos analizar aquí la manera como la conducta afecta los diferentes bienes jurídicos que se ven afectados con la clonación humana, (y en este caso también con la prohibición de la clonación humana), pero eso significaría entregar sólo una visión muy parcial y distorsionada de la realidad de la discusión. Parcial, porque habríamos debido dejar fuera una serie de argumentos que si bien no corresponden a la defensa de bienes jurídicos propiamente tales y que si representan un aspecto importante de la discusión habida en Chile. Y distorsionada, porque en verdad prácticamente nadie ha realizado aquí una análisis destinado a precisar si efectivamente se afectan bienes jurídicos y luego apreciar su capacidad para fundamentar la norma.
La novedad del tema, la ignorancia sobre la materia, y la relevancia, aparente o real( ) de los factores involucrados, han suscitado tantos y tan variados argumentos, que resulta difícil abordar incluso los más importantes, y por cierto establecer una sistematización de ellos.
En principio, y sin pretender agotar la clasificación, es posible hablar de fundamentos:
a) con base en errores científicos
b) con base en concepciones religiosas o morales
c) con base en principios morales incompatibles con los principio del DP
d) con base en información científica correcta
e) con base en principios jurídicos ampliamente aceptados
a) Fundamentos con base en errores científicos
En verdad llama la atención el amplio espectro de argumentos sustentados en errores científicos, algunos muy fáciles de aclarar, que por lo demás, se manifiestan en personas que opinan sobre la materia desde posiciones de supuesto conocimiento de la materia.
En la crítica contra la clonación reproductiva, el principal error consiste en no comprender las consecuencias de dicho proceso, especialmente respecto del ser humano que pudiere nacer producto de ella. Una buena parte de los autores entiende que el clonado se limitará a ser una copia, igual a aquel del que se obtuvo el núcleo, sin individualidad, sin vida propia, quizás como una especie de sombra de éste.
Así ocurre por ejemplo con Ugarte, quien además emplea de manera equivocada el concepto de fenotipo. Así, señala que “La clonación es, entonces, una forma de reproducción que por ser asexual, permite obtener un individuo que viene a ser una copia genética y física o fenotípica de aquel a partir del cual se hace la reproducción” ( ).
En el mismo sentido de copia sin valor se expresa el Diputado Marcelo Forni, durante la discusión de la ley “En quinto lugar, la dignidad del clonado. La clonación no sólo merece un juicio negativo en relación con la dignidad del ser clonado, pues vendrá al mundo como copia …”.
En la misma línea de creer que el clonado sería sólo una simple copia, pero agregando argumentos aún más extraños se encuentran los desarrollados por Politoff, Matus y Ramírez en Lecciones de Derecho Penal Chilena. Desde luego, analizan la situación del clonado al lado del “gestado y nacido en ambientes artificiales” ( ), lo que a la luz de los avances científicos actuales, (información actualizada al 2016), seguirá siendo materia de ciencia ficción al menos por varias décadas. Respecto de ellos los autores se plantean allí dos problemas, primero si son individuos, y segundo si son de la especie humana. Se trata de situaciones que “… pondrían en entredicho el concepto, prácticamente sin discusión, de la persona como individuo de la especie humana” ( ) dicen los autores. Y respecto del ser clonado, ambas respuestas son negativas, pues por un lado“… el ser clonado no es genéticamente un individuo sino una copia de otro”( ) y por otro, esto es respecto de la naturaleza humana o no del clonado, si bien se acepta que “conforme el estado actual de las ciencias biológicas, son seres humanos los conformados a partir del ADN correspondiente a los seres humanos…” deja en claro que “Más problemática sería sin duda la situación de los seres clonados (a partir de una célula única de un donante) pues a pesar de tener el mismo ADN del ser humano donante, no son individuos diferenciables genéticamente”( ).
En una línea diferente, pero también claramente con errónea base científica, el profesor José Miguel Vera, a propósito de la clonación señala que "...estamos hablando de un mejoramiento de la especie humana..."( ).
Desde luego, el individuo clonado, en caso de llegar a existir, es un ser humano distinto a aquel del que es genéticamente igual. De manera similar a como son dos hermanos gemelos, se trata de individualidades diferentes, aún cuando posean un estructura genética idéntica. Es, como han dicho algunos, un hermano gemelo nacido tiempo después.
Por otro lado, es preciso destacar que la clonación, cualquiera sea el método empleado, no produce alteración alguna a nivel de genoma humano, más allá de duplicar uno ya existente. Por ello, no parecen adecuadas las afirmaciones que relacionan este proceso con las ideas de que al hablar de clon estamos pensando en una mejoría de la especie humana( ).
b) Fundamentos con base en concepciones religiosas o morales
Los argumentos de naturaleza moral o religiosa, de manera expresa o encubierta, se encuentran en una gran cantidad de autores. Sólo a título ejemplar mencionaremos algunos. Así por ejemplo el padre Chomalí señala que "...el legítimo deseo de los esposos a ser padres es posterior al derecho que tiene todo ser humano a ser concebido, gestado y educado en el contexto del amor conyugal.....a ser procreado fruto del amor, de la entrega sincera de los esposos y no de la pericia de terceros..."( ) o que la clonación humana debe prohibirse "...porque manipula de modo radical las relaciones fundamentales de la persona, como lo es su filiación, la consanguinidad..."( ). Como se puede apreciar, estos argumentos que nos hablan de una moral de máximos carecen jurídicamente de valor. Si lo tuvieran, mediante el primero debiéramos prohibir cualquier tratamiento de fertilización asistida, y mediante el segundo, incluso los procesos de adopción.
Otro argumento curioso, por decirlo de alguna manera, es el que menciona el Sr. Alejandro Serani, representante del Centro de Bioética de la Pontificia Universidad Católica, según quien “… debe afirmarse, desde el punto de vista ético, que la clonación deliberada de seres humanos constituye, en la mayor parte de los casos imaginables, un grave atentado a la dignidad de la persona humana” ”( ). Y agrega más adelante, “…la clonación humana artificial priva injustamente a un semejante del modo específico de venir a la existencia, modo que siendo el usual y propio de la especie y aquel que es deseable en principio para todo ser humano, se constituye por eso mismo en un derecho exigible por cada individuo que accede a la vida. Esta privación del modo usual y natural de nacer no sólo priva, en su concepto, al nuevo ser humano de un bien exigible por su esencia, sino que además violenta la naturaleza personal y libre del nuevo individuo al erigirse los científicos en dueños y señores de lo que atañe a un aspecto tan crucial de la vida ajena”( ). En verdad no entendemos por qué constituye un atentado contra la dignidad el venir al mundo de manera diferente. Y nos preguntamos si sobre esa base no debiera prohibirse también la operación cesárea.
El argumento más insólito que conocemos en este sentido lo da Ugarte, quien rechaza la clonación humana, entre otras razones, porque con ella “Se usurpa la función de Dios”( )( ).
c) Fundamentos con base en principios morales incompatibles con los principio del Derecho Penal
Numerosos son los autores que de una u otra manera desarrollan una argumentación no sólo carente de todo valor en el ámbito penal, sino aún incompatible con los principios básicos de éste. Un buen ejemplo de ello encontramos en lo expresado en una conferencia pronunciada el 13 de agosto de 2002 en el Centro de Estudios Públicos por el profesor Alfonso Gómez-Lobo, y publicado en la revista “Estudios Públicos”, en su número 89. Acompañado de un destacadísimo curriculum, que culmina como miembro del Consejo de Bioética de la Casa Blanca, y desde su perspectiva ética, el profesor mencionado ha hecho una férrea defensa de los postulados prohibicionistas, que rechazan toda posibilidad de clonación humana, ya sea terapéutica o con fines reproductivos. Respecto del primero argumento señala textualmente: “En resumen, probablemente tienen razón las personas que hablan de una pendiente resbaladiza. Primero vendrá la producción de clonos para desmantelarlos antes de 14 días, luego la extensión hasta mayor diferenciación, luego la implantación hasta la formación y extracción de órganos, y finalmente el nacimiento de los primeros seres humanos clonados”( ).
En esta misma línea argumental se manifiesta Fernando Chomali cuando señala que debe prohibirse "...porque abre una puerta ancha a prácticas eugenésicas en las cuales el hijo, de ser un don, pasa a ser un producto....."( ).
El argumento de la “pendiente resbaladiza” constituye sin duda el prototipo del “paradigma del miedo”, modelo caracterizado precisamente por sustentar la necesidad de un control social, sobre la base del temor a futuras conductas verdaderamente reprochables. En el ámbito de las ciencias de la vida, este paradigma del miedo, reflejado a menudo en este tipo de argumentos se vincula a temores atávicos frente a la ciencia y el conocimiento, como lo reflejan el mito de Prometeo en la antigüedad griega, el mito judeo cristiano de la manzana, en el Génesis, o la historia de Frankestein de Mary Shelly, en el siglo XIX.
Más allá de lo discutible que pueda resultar este argumento en el ámbito moral, al menos desde la visión kantiana, y por lo demás es aquí donde lo presenta Gomez Lobo, resulta impresentable en el ámbito penal, cuyas normas, personalísimas, se sustentan en principios como el de culpabilidad. Se sanciona penalmente a alguien no porque su conducta merezca en si un juicio de reproche penal, sino porque otros, después, quizás, si realicen algo verdaderamente reprochable. El principio de culpabilidad exige responsabilidad personal, el de lesividad afectar o poner en peligro un bien jurídico, el de proporcionalidad asignar una sanción en función de todo lo anterior. Nada de eso se da si la norma se fundamenta en el argumento de la pendiente resbaladiza, pues la sanción se impone al que pisa la pendiente, para evitar que otro caiga en ella.
d) Fundamentos con base en información científica correcta
Pero la discusión no queda ahí. Un tema más complejo es el de la existencia o no de bienes colectivos que pudieran verse afectados con estas prácticas. Como lo hemos señalado, no existe claridad, ni mucho menos acuerdo, sobre el tipo de bienes afectados, la naturaleza de ellos o la forma específica como se produce la afectación.
Ciertos autores estiman como bienes colectivos algunos de los que nosotros hemos indicado como individuales. Hay sin embargo dos bienes jurídicos que claramente son colectivos, (supraindividuales), la "inalterabilidad e intangibilidad del patrimonio genético humano no patológico", y la supervivencia de la especie humana.
Respecto del primer bien mencionado, y sin perjuicio de las enormes dificultades que su definición implica, la clonación pareciera no afectarlo, como sí lo puede hacer la fecundación interespecie, el traspaso de núcleos entre especies y otros tipos de manipulación genética. En verdad la clonación siempre trabaja con genoma humano y en ningún momento se propone su alteración. Por el contrario, precisamente lo que persigue es la materialización en un nuevo ser humano, del exacto e idéntico genoma humano de uno ya existente.
Respecto de la supervivencia de la especie humana, debemos recordar que la introducción de la reproducción sexuada constituyó un gran avance en el desarrollo de los animales superiores, pues les permitió una mayor diversidad, y por esta vía, una mejor adaptación al medio, una efectiva selección de los mejores, una mayor protección frente a la enfermedad, entre otras ventajas. La clonación, al retrotraer la situación a un proceso de generación asexuada, podría estimarse, constituye una vuelta a períodos superados de la evolución. De llegar a generalizarse, pero sólo en ese difícil e hipotético caso, podría poner en riesgo la diversidad humana, y por esa vía, hacer más vulnerable a la especie humana.
Otro argumento basado en consideraciones científicas reales dice relación con el hecho que la obtención de la oveja Dolly significó 227 intentos, y sólo un éxito. De este modo, se estima, por algunos, que la inmensa tasa de fracasos, que implica la destrucción de preembriones o embriones en distintas etapas de desarrollo, (mueren, desarrollan graves malformaciones o son abortados espontáneamente) con los que se ha experimentado para alcanzar al individuo clonado, constituye ya un atentado suficiente para prohibirla.
Este último argumento, sostenido preferentemente por quienes han planteado insistentemente que la existencia del individuo humano comienza con la concepción( ), se encuentran con una doble contradicción insalvable. En primer lugar porque concepción siempre hace referencia al hecho de concebir y este proceso sólo puede ocurrir en el vientre materno, y claramente ese no es el caso de la clonación. Y en segundo lugar y con mayor fuerza aún, pues aquí no hay concepción ni dentro ni fuera de la madre, no hay espermatozoide que intervenga, no hay fusión o alineación de pronúcleos masculino y femenino, … precisamente lo que hay es clonación.
En todo caso, esta situación, como la primera planteada en la enumeración anterior, parecen accidentales al proceso, y posiblemente superables mediante el perfeccionamiento de la técnica. Desde la perspectiva de la consecuencia legislativa, desaparece cuando los individuos clonados tengan similares posibilidades de éxito que los hijos resultados de procesos de fertilización asistida legalmente permitidos.
Distinto es lo que ocurre en los casos en donde se plantean situaciones intrínsecas al proceso mismo. Si en definitiva se resuelve que ellos, o alguno al menos constituyen bienes absolutos, dignos de protección penal, la clonación humana con fines reproductivos deberá prohibirse radicalmente. Si por el contrario, se trata de bienes relativos, su protección será sólo bajo ciertas condiciones y en esos casos la clonación humana con fines reproductivos pudiera aceptarse bajo determinadas circunstancias.
Santiago 5 de enero de 2009
Revisado y parcialmente actualizado en enero de 2016.
lunes, 4 de julio de 2016
Iniciamos aquí un grupo de artículos que dan cuenta de lo que estimamos, ha sido, el saqueo cultural de Nuestra América, esa del sur del río Bravo. En nuestra opinión, dicho saqueo, sostenido por más de 500 años, considera cuatro etapas de mayor intensidad, que se explican esencialmente por fenómenos económico-sociales. A través de estos artículos iremos dando cuenta de los hechos y los razonamientos que nos permiten afirmar lo señalado.
INTRODUCCIÓN
El deterioro y la destrucción del patrimonio cultural americano, y su traslado de manera ilícita hacia otros lugares del planeta, comenzaron en el momento mismo de la llegada del hombre europeo a estas tierras. Han pasado más de 500 años desde aquel entonces y hoy, más encubiertos, pero con más fuerza, esa destrucción y ese saqueo continúan.
La historia de América Latina, desde la perspectiva de su patrimonio cultural, es en los últimos siglos la sucesión de una larga historia de tragedias. Desde que le clavaran los dientes en la garganta, poco o nada hemos hecho en este territorio para alterar esa situación, en una conducta que, en la descripción de Galeano, es rayana en la estupidez.
La historia del saqueo de nuestras riquezas básicas está escrita, con lujo de detalles, en grandes e importantes obras de nuestro continente. “Las venas abiertas de América Latina”, de Eduardo Galeano, y que simbólicamente el Presidente Chavez de Venezuela le regalara al Presidente Obama, de los Estados Unidos, es quizás una de las más completas y seguramente la más conocida de todas. Del saqueo de nuestro patrimonio cultural estamos empezando a conocer su historia, iniciando un proceso de toma de conciencia del problema( ); pero seguimos estando en una etapa tan básica e ingenua de su desarrollo histórico, que lo desconocemos incluso en su conceptualización como tal. (No deja de ser ilustrativo que el propio Galeano no dedicara un solo capítulo al tema, no obstante referirse al cobre, al petróleo, a la plata, el caucho y mucho más).
Denunciados a veces por la prensa, estos atentados se presentan hoy como hechos aislados, como situaciones puntuales que en el mejor de los casos dan lugar a una cifra cuya validez estadística, cuando la hay, resulta difícil de verificar y que, dado además la muy alta cifra negra, en definitiva poco o nada nos indica.
Nosotros planteamos exactamente lo contrario. No son hechos aislados, sino inmersos en una lógica común, -la de que todo vale cuando de enriquecimiento se trata- insertos en un modelo de desarrollo económico que no sólo los acepta, sino que a menudo los promueve, como en el caso de la destrucción de sitios arqueológicos por represas, caminos, proyecto mineros, o espectáculos dudosamente deportivos, como el Rally Dakar, más allá de los discursos condenatorios, que más bien son palabras de buena crianza, pero que jamás han terminado por poner en riesgo el gran negocio que todo esto representa.
Ahora bien, si el saqueo y la destrucción han acompañado a Nuestra América de manera permanente, parece posible distinguir algunos periodos en los que esa actividad se ha dado con más intensidad, con más fuerza. No se crea que se trata de períodos de un origen inexplicable, como singularidades en un big bang con inflación caótica. No. Son más bien períodos como consecuencia de la aplicación de una lógica implacable, el desarrollo del capitalismo en el mundo.
Desde esta perspectiva, nosotros creemos distinguir cuatro grandes momentos en este proceso de destrucción.
I. El primero se inicia con la llegada del europeo a nuestro continente, y corresponde a los llamados tradicionalmente del "descubrimiento y conquista", y al que nos hemos referido en este blog con el título: “El saqueo cultural de América Latina”, subido a este blog en junio del año 2015.
II. El segundo se desarrolla a partir de 1790 aproximadamente, cuando por primera vez se empieza a valorar el patrimonio cultural americano, y que por consideraciones más bien didácticas, hemos denominado del “redescubrimiento”.
III. El tercero corresponde al esfuerzo republicano por incorporar los últimos territorios en manos de aborígenes a la soberanía estatal, y que más o menos corresponde a la segunda mitad del siglo XIX.
IV. El cuarto período comienza después de la Segunda Guerra Mundial y lo estamos viviendo en estos días.
Julio de 2016
viernes, 17 de junio de 2016
¿TU “CONDENAS LA VIOLENCIA VENGA DE DONDE VENGA”? YO NO, PORQUE LO ESTIMO INMORAL
Cada cierto tiempo algún político, un religioso conocido, o un simple “opinólogo” de la realidad nacional, y generalmente en torno a un acto de violencia repudiado por la inmensa mayoría, dice a los medios de comunicación que él “condena la violencia venga de donde venga”. Así ocurrió hace unos días, con motivo de los destrozos generados en la toma de un colegio. Esa entrevista motivó estas líneas, aunque la reflexión viene de los últimos tiempos de la dictadura, en que decenas de personas repitieron la frase, logrando generar un sentimiento de aceptación de dicha apreciación y aislar políticamente a quienes habían arriesgado su vida en la lucha contra el tirano.
Desde una perspectiva comunicacional, condenar la violencia venga de donde venga es “políticamente correcto”, en cuanto parece significar un reconocimiento a los valores más ampliamente compartidos y por esa vía identificarse con el pensamiento mayoritario de la población a quien va dirigido el mensaje. Más aún, como se trata de una valoración negativa de la violencia, y la violencia se asocia con destrucción y muerte, (como interesadamente lo muestran los dueños del país) aparece como un planteamiento éticamente positivo y digno de ser valorado.
Se trata de una apreciación ética, que, se supone, es la conclusión de un proceso de reflexión y análisis, dirigido a determinar qué acción, conducta o actitud es la más adecuada, frente al tema de la violencia, de entre un conjunto de alternativas, considerando el sistema de valores que compartimos con la sociedad donde vivimos.
El juicio que comentamos presenta dos operaciones intelectuales. Mediante la primera se equipara todo tipo de violencia, sin importar naturaleza, magnitud, finalidad, pero especialmente su origen. “Venga de donde venga” es la apreciación genérica que pone en el mismo status ético cualquier tipo de violencia. Mediante la segunda, se emite un nuevo juicio axiológico, se condena esa violencia. En síntesis, se trata, como se puede estimar, de una apreciación ética respecto de un determinado tipo de conducta humana, la violencia, que implica una desaprobación general.
Sin embargo, y más allá del análisis superficial de la expresión, desde una perspectiva real de contenido, y contrariamente a lo que pudiera estimarse, no sólo se trata de un juicio impensado, por tanto carente de esa reflexión y análisis que parece necesario antes de opinar de un tema tan complejo como la violencia, sino además, de una apreciación profundamente inmoral.
Y esto, porque no sólo hay miles de casos en que resulta imposible poner en el mismo rasero ético situaciones diferentes, sino porque en verdad existen múltiples situaciones de violencia que no sólo resultan éticamente aceptables, sino a veces exigibles. Y no se trata de situaciones exepcionalísimas, infrecuentes o poco conocidas. No. Por lo demás, en muchas de ellas se han elaborado profundas elaboraciones teóricas, que dan cuenta de acabados procesos reflexivos, infinitamente más serios que el eslogan que comentamos.
Veamos algunos.
Desde luego en el ámbito personal, no parece razonable poner al mismo nivel ético la violencia de la víctima que se defiende que la del victimario que agrede. Tal es así, que incluso el propio derecho penal, y desde tiempos muy antiguos, reconoce dicha legitimidad en la institución hoy llamada “legítima defensa”. No se trata de aprobar la venganza, tampoco la justicia de propia mano, sino simplemente de permitir a quien está siendo agredido, o lo va a ser de manera inminente, que se defienda, o que defienda a terceros. Por supuesto, dicha defensa debe reunir ciertas características, la agresión debe ser real, actual o inminente y de naturaleza ilegítima; pero además, la reacción defensiva debe ser al menos necesaria y proporcional.
¿Condenamos de igual manera la violencia del que agrede que la de quien se defiende? ¿Es acaso igualmente condenable la violencia del victimario que agrede, que la de la víctima que se defiende? Nos parece que todas esas preguntas tienen un rotundo NO de respuesta.
Pero no sólo en el ámbito personal se encuentran conductas violentas justificadas, también ello ocurre en situaciones complejas, incluso de violencias masiva, como en el caso de la guerra. Ya Aristóteles y Platón habían entregado algunas ideas sobre la guerra legítima, pero fueron los teólogos cristianos quienes más desarrollaron el tema. Tomás de Aquino parece ser el primero que analiza en detalle dicha idea, precisando los requisitos que se necesitan para que ello ocurra, en la Suma Teológica. Más tarde lo hará la propia comunidad internacional, que a través del Derecho Internacional, ha ido estableciendo normas al respecto. Pero más allá de las reflexiones que sobre este tema a nivel teórico se pueden hacer, y que por cierto son muchas, ¿alguien puede pensar que durante la Segunda Guerra Mundial la violencia usada por los franceses para defenderse era éticamente equiparable a la utilizada por los nazis? ¿O la posterior de los vietnamitas y los argelinos para expulsar precisamente a los franceses? ¿Podemos rechazar de igual manera la violencia del invasor que la del invadido?
En el ámbito de la política interna también hay situaciones que no permiten equiparar éticamente una violencia con otra. El caso más obvio, nos parece, es el referido al “derecho de rebelión”.
Abordamos el estudio de esta materia durante la dictadura y una parte de esas reflexiones fueron publicadas en la revista clandestina “El Rodriguista” (por supuesto que sin nombre de autor, y sólo en parte, porque nunca hemos sabido tanto como para escribir breve). En síntesis, nuestro planteamiento fue que efectivamente la rebelión contra el tirano es un derecho, que en la historia de la humanidad se manifiesta en tres ámbitos distintos pero vinculados, el primero, los hechos, la efectiva rebelión contra el tirano, de los cuales la historia está plagada. En segundo lugar, la reflexión filosófica sobre el tema, que en nuestra investigación logramos remontar a Mencio, el filósofo chino anterior a Confucio, que se manifiesta como ya lo dijimos en diferentes filósofos cristianos, incluyendo a San Isidoro de Sevilla, que además expresamente justifica el asesinato del tirano, y que probablemente alcanza una de sus más claras expresiones en Locke. El tercer ámbito es la consagración jurídica de dicho derecho, y probablemente su primera manifestación más explícita esté en el artículo segundo de la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano, en donde se dice “La finalidad de toda asociación política es la conservación de los derechos naturales e imprescriptibles del hombre. Esos derechos son la libertad, la propiedad, la seguridad y la resistencia a la opresión” y una de las últimas, si bien de manera menos clara, en la Declaración Universal de Derechos Humanos, en cuyo considerando tercero del Preámbulo se lee “Considerando esencial que los derechos humanos sean protegidos por un régimen de Derecho, a fin de que el hombre no se vea compelido al supremo recurso de la rebelión contra la tiranía y la opresión...”.
En nuestro país no conocemos una reflexión significativa sobre el tema, pero si tenemos, por un lado el ejercicio del derecho desde los primeros tiempos de la conquista, por nuestro pueblo mapuche, y por otro, su consagración indirecta en diversos textos nacionales, como el de nuestra Canción Nacional, en donde se lee:
“Que o la tumba serás de los libres
o el asilo contra la opresión”
No olvidemos por lo demás que los que hoy con mayor fuerza rasgan vestiduras contra la violencia, son los mismos que apoyaron al dictador, cuya violencia significó miles de muertos, y decenas de miles de torturados, y que precisamente buscó legitimarse en sus primeros momentos sobre un supuesto ejercicio del derecho de rebelión, como dan cuenta los bandos 1 -y sobre todo- 5, ambos de la Junta de Gobierno.
Pero hay más. Rudolf von Ihering, hace más de 150 años, uno de los filósofos del derecho más importantes del siglo XIX, publicaba un ensayo que rápidamente se haría famoso, (al menos 23 ediciones antes de la muerte de su autor) y cuyo título, “La Lucha por el Derecho”, (1872), da cuenta de un fenómeno que con frecuencia se quiere negar. En él, nada más comenzar, expone lo que es la idea principal de todo el ensayo, “Todo derecho en el mundo debió ser adquirido por la lucha”.
Y como lo confirma nuestro pueblo y su historia, ni la jornada de 8 horas, ni el derecho a vacaciones, ni la protección contra la enfermedad, ni el derecho a sindicalizarse, ni el derecho a voto femenino, ni nada, ha sido regalo desde la oligarquía dominante. Todos esos derechos y múltiples más, son resultado de la heroica lucha del pueblo, a menudo en las calles para ser escuchado, y con miles de muertos muchas veces, (porque la violencia las más de las veces viene desde las estructuras del poder).
Quien crea que luchar por una vida más digna para si, o para los hijos puede merecer la misma condena que la defensa de intereses espurios está equivocado.
Desde luego el sólo hecho de reconocer la legitimidad de la violencia en los casos anteriores hace perder todo sentido a la expresión genérica que comentamos. Por supuesto no se trata de justificar cualquier violencia, sino simplemente de decir que no todas son iguales, y no todas condenables. Existen cientos de situaciones en que el ejercicio de la violencia no puede condenarse a priori, ni mucho menos equipararse. Hacerlo, y ponerlas en el mismo nivel de condena es no sólo una apreciación apresurada, falsa, sino además, inmoral.
miércoles, 11 de mayo de 2016
ROBO DEL PELARGONIS CHILENSIS
El presente texto forma parte de uno más extenso, llamado "Museo Robado. El robo de museos en Chile considerado como una de las Bellas Artes", que describe, a través del paso por diferentes galerías, un Museo constituido sólo con piezas del patrimonio cultural chileno, robadas a nuestro país. Este texto está sacado del capitulo “Los Consagrados”)
- Ubíquense hacia al centro de la sala, para que tengan una amplia perspectiva, y desde allí miren el fondo. - dice el guía.
Casi por instinto el público obedece y desde allí miran el fondo de la sala, que suavemente empieza a iluminarse, hasta mostrar, gigante, imponente, perfectamente alumbrado, en sus cerca de seis metros de envergadura, el esqueleto casi intacto de un ave.
- Es el Pelargonis chilensis, dice el guía. Una especie de ave marina, ya extinta, que hasta hace entre cinco y diez millones de años habitó las costas del norte de Chile. Y agrega –El año 2005 según unas versiones, o el 2006, según otras, unos aficionados a la paleontología, en una excavación ilegal, descubrieron huesos fósiles cerca del balneario de Bahía Inglesa, a unos 800 kilómetros al norte de Santiago, en un sector conocido como “El Morro”, ubicados en un estrato geográfico que contiene múltiples restos del mioceno. Este ejemplar de “Pelagornis chilensis”, probablemente vivió hace unos 7 millones de años y la característica más destacada de su especie era su extraordinaria envergadura alar, que de extremo a extremo medía entre 5,20 y 6,10 metros de longitud, según han determinado los especialistas.
Los visitantes se acercan a los restos y observan con curiosidad. Probablemente ninguno tenía noticias de la existencia de dicho ejemplar y claramente no saben bien a qué atenerse. El guía, como si nada pasara, continúa su exposición.
- Tal como hemos dicho, la naturaleza de “consagrado”, no está dada exclusivamente por el valor patrimonial de la pieza sustraída, aunque en este caso ese sólo hecho lo justificaría. Se trata del robo de los restos óseos del pájaro volador con la envergadura alar más larga encontrados en el mundo hasta ese momento. Pero además, hay toda una historia larga y claramente excepcional, de lo que significó la acción misma del robo. De partida, los anónimos autores que sustrajeron la pieza, sabían lo suficiente de paleontología como para valor el descubrimiento, extraer los restos con cuidado y luego enviarlos a Europa para su comercialización, en donde los vendieron a un coleccionista privado.
Bajo el Pelargonis, y en el costado derecho, una ficha destacada indica los datos científicos de la pieza:
Clasificación científica
Reino: Animal
Filo: Chordata
Clase: Aves
Subclase: Neornithes
Infraclase: Neognathae
Orden: † Odontopterygiformes
Familia: † Pelagornithidae
Género: †Pelagornis, LARTET, 1857
Especie: P. chilensis, MAYR & RUBILAR, 2010 1
Bajo los restos del ave, al costado izquierdo la ficha señala:
Robo del Pelargonis chilensis
Los restos óseos del ave con envergadura alar más larga del mundo, fueron robados a la Pachamama entre los años 2005 y 2006, por aficionados a la paleontología. El ave, similar a un pelícano, entre otras particularidades, posee un pico cuya estructura ósea tiene una forma similar a los dientes (en verdad los dientes son piezas aparte, incrustados en cavidades óseas).
Enviados a Europa, fueron vendidos a un coleccionista privado, quien tomó contacto con Gerald Mayr, paleontólogo del Museo Seuckenberg, de Frankfurt, para que los analizara. Al verificarse la importancia científica que ellos poseían, el coleccionista accedió a venderlos a dicho museo. En enero del 2009 Gerald Mayr, se comunicó con el Museo Nacional de Historia Natural de Chile, informando sobre la existencia de dichos restos y el origen chileno de ellos. Luego el museo alemán financió la compra, a fin de que fueran debidamente investigados y posteriormente devueltos a nuestro país. En las investigaciones participó el jefe del Área de paleontología del Museo Nacional de Historia Natural, David Rubilar. En septiembre de 2010 los restos volvieron a Chile, y se integraron a la colección de paleontología de dicho museo.
En una pequeña vitrina horizontal, a los pies de los restos del pelargonis, un ejemplar cerrado del Volumen 30, Issue 5, del Journal of Vertebrate Paleontology. Al costado, otro ejemplar, esta vez abierto en la página 1313, permite leer “Osteology of a new giant bony-toothed bird from the Miocene of Chile, with a revision of the taxonomy of Neogene Pelagornithidae”, de los autores Gerald Mayr & David Rubilar-Rogers (2010). (http://dx.doi.org/10.1080%2F02724634.2010.501465)
martes, 3 de mayo de 2016
UN FRAUDE PELIGROSO, LOS GRUPOS PRO-VIDA
Reflexiones sobre una nueva cruzada del odio
“Me impresionó reconocer que, a pesar de su declarado compromiso con la vida, éstos son los sucesores de los cazadores de brujas”.
Daniel C. Maguire
Teólogo católico
Luego de aprobada en la Cámara de Diputados la ley que permite el aborto por tres causales, un grupo de personas se reunieron frente a la casa de gobierno, para protestar por ello. Habían sido convocados por “grupos pro vida”. En octubre del año recién pasado, fuimos sorprendidos por unas fotografías de presos políticos en el Estadio Nacional durante la dictadura de Pinochet, utilizadas en una campaña antiaborto con la lectura “Aborto es tortura, muerte y desaparición”. Se trataba de otra acción “pro vida”. Y probablemente en los próximos meses veremos un desarrollo aún mayor de las actividades “pro vida”.
Como hemos dicho, la ideología “pro vida” es un fraude, en cuanto no defiende la vida, (no se manifiesta contra la guerra, contra el hambre,…), no está verdaderamente por evitar el aborto (ni promueve ni acepta la educación sexual escolar, la panificación familiar, el uso de anticonceptivos, y en general el aumento del poder de las mujeres en la capacidad para tomar decisiones sobre aspectos sexuales y reproductivos, todos mecanismos que disminuyen el embarazo no deseado, principal causa del aborto consentido) y si bien el esbozo ideológico central aparece ligado a la preocupación por la vida del producto de la concepción, se trata más bien de un ideario político ultra conservador, especialmente sobre sexualidad( ) y reproducción. Un discurso antiabortivo, homofóbico, antieutanasia, pro familia tradicional y pro educación religiosa, son las principales manifestaciones ideológicas que promueven los grupos pro vida, hoy pilares fundamentales de la derecha católica en América latina, como en general se puede apreciar en sus respectivas páginas web, y respecto de lo cual la Red Provida Chile es un excelente ejemplo. Si a ello agregamos un discurso caracterizado por una fe incuestionable en la verdad de su postura, con la autopercepción de poseer un conocimiento incondicionalmente cierto, necesariamente válido y una manifiesta visión mesiánica del rol que deben jugar, tampoco puede llamar la atención una marcada intolerancia hacia quienes piensan distinto sobre estas materias. Ninguna disposición a un diálogo que signifique escuchar al otro en sus razones, tratar de comprender qué espacio de verdad pueda tener. Es la vieja idea que enseña que el error, en el que por supuesto está el otro, no tiene derecho. Su ideología parece identificarse con el “Catecismo de la Realeza Social de Jesucristo”, en una de cuyas “lecciones” se enseña que “Debemos usar la libertad de enseñanza para enseñar libremente a Jesucristo; emplear la libertad de prensa para hacer conocer la Verdad divina que salva; hacer uso de la libertad de asociación para agruparse con objeto de procurar el bien de las almas; debemos profesar de modo ostensible el culto del verdadero Dios. Debemos aprovechar estos pretendidos derechos para hacer comprender a la gente y a las almas que solamente la verdad y el bien tienen derechos, y que el error y el mal no los tienen”( ).
Por eso, y por su historia, es además una ideología peligrosa.
En los días en que trabajábamos en la elaboración del artículo anterior sobre los grupos pro vida, el 28 de noviembre del 2015, para ser más preciso, tuvo lugar en la clínica Planned Parenthood, en la ciudad de Colorado Springs, en el oeste de EE.UU., un atentado con armas de fuego, que significó la muerte de tres personas y lesiones de diferente gravedad para 14 más. Varias versiones de prensa mencionan que Robert Lewis Dear, el atacante, habría gritado consignas contra la labor de abortos que ahí se practicaban. De hecho voceros de Planned Parenthood dijeron a la prensa que "estos comentarios confirman que el atacante estaba motivado por su rechazo al aborto legal y seguro". No se trata por lo demás del primer atentado contra esta y otras clínicas de aborto legal en EEUU. En septiembre se había registrado un ataque con bomba en un Planned Parenthood de California y durante todo el año 2015 se desató una ola de amenazas contra estos centros, luego que un grupo “pro-vida” difundiera una serie de videos donde acusaban a la organización de "vender partes de bebés". Ya en el lejano 1985, Michael Bray líder del movimiento pro vida norteamericano, fue condenado a cuatro años de prisión, por destruir 7 clínicas de Washington D.C, en las que se practicaba el aborto
El nivel de violencia de estos grupos posiblemente alcanza su máxima expresión en Estados Unidos, en donde en marzo de 1993, con tres disparos por la espalda, Michael Griffin asesinó al Dr. David Gunn, por su condición de médico practicante de abortos. Y si bien hubo quienes condenaron dicho acto, al menos 30 líderes “pro-vida” lo defendieron. Después de todo se trataba de matar a un “abortista/asesino”. En su libro “Tiempo para matar”, apuesta por aplicar contra los partidarios del aborto una “fuerza defensiva”, un eufemismo de asesinato”( ). John Salvi mató a dos recepcionistas de clínicas de aborto en Boston en 1994. Paul Jennings Hill, es un expastor de la Iglesia Presbiteriana, que el 29 de julio de 1994, en la misma clínica en que habían asesinado a David Cunn, asesinó al Dr. John Bayard Britton, que lo había sustituido en su trabajo, a su guardaespalda James Herman Barret y dejó gravemente herida a la esposa de este último. Otros casos de antiabortistas que asesinan o intentan asesinar a quienes sienten responsables de esas conductas son James Kopp, Eric Rudolph, John Brockhoeft, etc.
La violencia pro vida presenta extremos poco conocidos en nuestro país. Erlantz Gamboa, en su “Enciclopedia del crimen y el sadismo”, (2012), dedica un apartado especial, al ex pastor Paul Jennings Hill( ). El mismo año 2012, el Consorcio Nacional para el Estudio del Terrorismo y Respuesta al Terrorismo de la Universidad de Maryland, publicó el estudio “Puntos calientes de terrorismo y otros delitos en Estados Unidos, 1970-2008”, realizado con financiamiento del Departamento de Seguridad Nacional, del Gobierno de los Estados Unidos. Allí, en el apartado referido a motivaciones ideológicas que pueden llevar al terrorismo, se hace referencia a grupos o personas que obsesivamente se centran en causas muy específicas, y se ejemplifica, entre otros, con los anti abortistas.
Y es que la violencia de la ideología pro-vida es parte importante de ella, y se refleja, con distinto nivel, tanto en su discurso como en sus manifestaciones. Por ejemplo, cuando en 1980 parlamentarios presentaron en México el “Proyecto de ley sobre Maternidad Voluntaria”, siguiendo las propuestas previas que había desarrollado el movimiento feminista, la respuesta fue la campaña “Estos son los asesinos”, en donde en carteles tipo “Recompensa, se busca a…”, aparecían fotos de esos diputados, de dirigentes feministas y aún de médicos que practicaban abortos”( ). El año 2001, a las pocas horas del atentado a las Torres Gemelas, “…los “reverendos” Pat Roberson y Jerry Falwell proclamaron que la inmolación de sus compatriotas representaba un juicio divino sobre una sociedad laica que toleraba la homosexualidad y el aborto”( ).
Pero no se crea que la violencia pro-vida ocurre sólo en Estados Unidos, o que sólo se manifiesta mediante el asesinato. También a menudo hay acoso y agresión en las manifestaciones ante clínicas o centros de salud en los que se practican abortos. Bajo la descripción de “rescate”, grupos pro-vida realizan acciones directas contra mujeres que acuden a esas clínicas abortistas para intentar convencerlas que no lo hagan. Grupos como Operation Rescue, Pro-Life Action Network y Lambs of Crist, en Estados Unidos recurren a diferentes métodos para impedir el ingreso de las mujeres a dichos recintos. En España, el grupo pro-vida “Escuela de Rescate a la Madrileña”, según su fundador, el Dr. Jesús Poveda, ha efectuado “más de mil rescates de niños que iban a ser abortados”. Y si bien puede tratarse de manifestaciones pacíficas, lo frecuente es que en ellas también se realizan conductas más agresivas, ya sea interponiéndose físicamente al ingreso o más frecuentemente mediante el acoso psicológico. Daniel C. Maguire, teólogo católico, y profesor de teología moral de la Universidad de Marquette, describe a estos manifestantes, con los que le tocó lidiar, diciendo “Me impresionó reconocer que, a pesar de su declarado compromiso con la vida, éstos son los sucesores de los cazadores de brujas”( ).
Como consecuencia directa de la descalificación y des-humanización de quienes cometen abortos, -léase la mujer que consciente o el profesional que lo realiza-, que se efectúa en el discurso de los grupos pro-vida, una vez legalizado el aborto las manifestaciones aumentan el nivel de violencia. Si antes se descalificaba a quienes en la teoría eran partidarios de su legalización, después de ella se combate a los responsables de esos “crímenes”.
De este modo, y de forma paralela a como las dictaduras terminan justificando en las mentes de sus esbirros la tortura –se combate al antipatriota, el enemigo interno, el cáncer marxista, etc. – al menos un sector de los grupos pro-vida, hace desaparecer los límites de la legalidad y la racionalidad para defender sus postulados. Asumido el aborto como una realidad de “perversión”, y como suele ocurrir con visiones integristas de ciertos problemas, resulta frecuente que muchos de sus partidarios, o al menos una fracción significativa de ellos, derive hacia conductas violentas.
Por supuesto que en Chile no hemos tenido este tipo de actuaciones, pero no olvidemos que tampoco hemos legalizado el aborto aún, ni siquiera en el caso de las tres causales. Y en cuanto a que en Chile no se da ese tipo de situaciones, la historia nos indica que para muchos efectos, incluyendo la violencia, no somos muy diferentes a otros países. Hasta antes del 11 de septiembre de 1973, millones de personas creíamos que las Fuerzas Armadas chilenas eran distintas a las del resto de América Latina( ), que no sólo eran constitucionalistas, sino incapaces de comportarse como lo hacían los “gorilas” de la vecindad. Y así, entre ingenuidad e incredulidad, no fuimos capaces de vislumbrar siquiera el horror que podían llegar a provocar. Y vino el golpe de estado, y con él la tortura, las violaciones, el asesinato, las desapariciones,… y miles de civiles, que justificaron todo ello.
Y es que la violencia ideologizada tiene parámetros comunes. Wolf Lepenies, el filósofo y sociólogo alemán especialista en la figura del intelectual, ha puesto de manifiesto como “A menudo se olvida el importante papel que la actitud cómplice de los intelectuales ha desempeñado a lo largo de la historia”( ), señalando que “Antes de que haya habido muertos en las batallas y torturados en los campos de prisioneros, se había destruido al enemigo en libros, panfletos y numerosas reuniones en las universidades y academias. Debemos mirar de frente esta terrible verdad: la intolerancia tiene, casi por principio, raíces intelectuales”( ). Por supuesto los textos expuestos y otros que se pueden apreciar en las páginas web de estos grupos, están lejos de corresponder al concepto tradicional de “intelectual”, pero para los efectos que se analizan, cumplen el mismo papel
El proceso social de crecimiento de las manifestaciones violentas parece seguir un patrón bastante lógico,
1. Identificación de la conducta que se busca perseguir como crimen perverso.
2. Deslegitimación del sujeto que la realiza.
3. Destrucción del objeto que la posibilita y del sujeto que lo realiza.
4. Justificación del acto destructivo
Todas las cruzadas del odio han tenido, previas a su inicio, un discurso que legitima ese odio. Ayer fueron, en Europa, los “infieles”, las “brujas” o los “judíos”. En nuestro país recientemente los “upelientos”, los “comunistas”, “los marxistas”.
Desde siempre, y prácticamente en todas las culturas, homicidio y aborto han ido por caminos separados. Incluso cuando se ha penalizado el aborto, se le asume como un delito diferente, con penas también diferentes, siempre menores que el homicidio. El discurso de los grupos pro-vida, sin embargo, aboga no solo por identificar homicidio y aborto, sino por hacer aparecer este último como más atroz. Al embrión o feto se le llama “niño”, y luego se le define como el más indefenso de todos. Con razón la propaganda de estos grupos ha sido descrita por algunos como un verdadero terrorismo psicológico.
Construida socialmente la idea del aborto como un crimen ignominioso, no resulta difícil la deslegitimación de quienes primero promueven su legalización y luego. realizan dicha conducta, en definitiva la deslegitimación absoluta de quienes “Cristianos por la vida”, titulaba hace algunos años un editorial “ABORTEN A MARCO”, para referirse a un diputado que había presentado un proyecto legalizando el aborto bajo ciertas circunstancias. Y como si ello no acentuara la violencia que un título de esa naturaleza reflejaba, agregaban “…De todos modos que no se malentienda. No queremos que lo asesinen, …”. ¿!
Las principales líneas en este sentido, respecto de la mujer, parten por identificarlas como “naturalmente destinadas a ser madre” y luego mostrarlas como atentando contra su propia naturaleza. Es interesante destacar que la “deslegitimación del otro”, en este caso, se persigue no sólo frente a terceros, sino incluso respecto de la misma mujer. De este modo, se hacen nacer o se refuerzan sentimientos de culpa, antes o después del aborto, para en definitiva lograr no sólo la deslegitimación social, sino un proceso verdaderamente autodestructivo respecto de quien eligió abortar. ¿Puede extrañarnos que mañana se den atentados contra lugares en que se practican abortos, contra médicos que los realizan o mujeres que los consienten si antes ha habido grupos que identifican a estos últimos con los torturadores? ¿Es posible mayor deslegitimación?.
Identificado el aborto como un crimen deleznable y deslegitimado el sujeto, las barreras de contención moral y jurídica que impiden atentar contra bienes y personas empiezan a desmoronarse. El argumento de hoy parece el argumento del pasado: “Cercenemos los miembros gangrenados de nuestra comunidad en Cristo. Es preciso que sacrifiquemos algunas vidas para salvar las almas de muchas. Con este escrito, y en mi calidad de Santo padre, os concedo plenos poderes para que exorcicéis al diablo y destruyáis a todos aquellos que contribuyan a su propagación”( ).
martes, 5 de abril de 2016
“DESDE EL MOMENTO DE LA CONCEPCIÓN” Errores, imprecisiones y conclusiones absurdas.
"El autor sostiene que la afirmación que concluyen que el ser humano comienza “desde el momento de la concepción”, implica errores, (no existe el "momento", pues se trata de un proceso que dura varias horas, y se puede detener artificialmente), imprecisiones, (no existe "un" concepto de concepción, sino múltiples) y por sobre todo, conclusiones absurdas, con lo afirmado, como que:
• No todos los seres humanos comenzarían por la concepción, los gemelos comenzarían por bipartición, las quimeras lo harían por una especie de "fusión, y razonablemente pronto tendremos algunos que se inicien por clonación.
• No todos los que comenzaron con la concepción terminan como seres humanos, pues algunos se transformarán en mola hidatiforme, otros en tumor cancerígeno (coriocarcinoma), algunos se dividirán para dar origen a gemelos, otros se fusionarán, para dar origen a quimeras, y algunos aún, alcanzarán la vida eterna, como embriones congelados
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The author maintains the statement that concludes human being starts "at the moment of conception", implies mistakes (the "moment" does not exists, because it is a process that takes several hours, and can be stopped artificially), inaccuracies (there is not "one" concept for conception, but multiples) and above all, absurd conclusions, like:
- Not every human being might start by conception; twins would start by bipartition, the chimeras by some sort of fusion, and reasonably soon, some will be iniciated by clonation.
- Not all who began with conception ends up as a human being, cause some will transform into hydatiforme mole, others into a tumor (choriocarcinoma), some will be divided to form twins, others will fusion to turn into chimeras, and others might achieve eternal life as frozen embryos.
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En la discusión sobre el tema del aborto consentido, una de las afirmaciones que más frecuentemente se escucha, por parte de quienes se niega a su despenalización, es que el ser humano comienza “desde el momento de la concepción”, y por ello, los grupos y la ideología “próvida”, lo defienden desde ese momento.
La concepción se impone como límite inferior del individuo, por razones de naturaleza ontológica, o científica, frente a las cuales al derecho y la moral sólo le queda reconocer esa realidad. Se trata, se sostiene, de la única alternativa que realmente respeta la vida y la dignidad del ser humano en todo momento.
Esa idea ha sido planteada por diferentes autores, y desde diversas instancias, pero ha sido la Jerarquía de la Iglesia Católica en prácticamente todos los textos recientes relativos al aborto, quien la ha popularizado más. Por ejemplo, la encíclica Evangelium Vitae, expresa en su N° 45: “El valor de la persona desde su concepción es celebrado más vivamente aún en el encuentro entre la Virgen María e Isabel, y entre los dos niños que llevan en su seno”( ). (Incomprensible resulta entender que quienes creen que el hombre es la unión del cuerpo (material) con el alma (espiritual), tengan una certeza apodíctica sobre cuando se produce esa unión, sobre todo considerando que no hay un sólo argumento bíblico para sustentarla).
Hoy sin embargo la repiten personas y lo hacen suyo instituciones de todo tipo. Así por ejemplo, la Convención Americana sobre Derechos Humanos”, suscrita en San José, Costa Rica en noviembre de 1969 y que Chile ratificó en agosto de 1990, señala en su artículo 1º, “Toda persona tiene derecho a que se respete su vida. Este derecho estará protegido por la ley y, en general, a partir del momento de la concepción”( ). En nuestro país, la ley Nº 20.120, publicada en el Diario Oficial el 22 de septiembre de 2006, “Sobre la investigación científica en el ser humano, su genoma, y (que) prohíbe la clonación humana”, en su artículo primero expresa “Esta ley tiene por finalidad proteger la vida de los seres humanos, desde el momento de la concepción, su integridad física y psíquica, así como su diversidad e identidad genética, en relación con la investigación científica biomédica y sus aplicaciones clínicas”.
Se trata, como se puede apreciar, de una afirmación compartida por muchos y repetida, como un verdadero mantra, por muchos más. Con esta afirmación, a menudo, se cree expresar una opción de manera clara y precisa, y de alguna manera dar por zanjado el asunto.
Curiosamente sin embargo, dicha expresión es técnicamente falsa, carece de un sentido único, y por si fuera poco, las conclusiones lógicas que de ella se desprenden, resultan contradictorias e inaceptables.
I. Errores: la Concepción como “momento”
Cualquiera sea la definición que tengamos de “concepción”, -y tal como veremos más adelante existen por lo menos cuatro diferentes-, todas ellas hacen referencia al proceso de formación del cigoto, la célula que resulta de la unión del gameto masculino con el gameto femenino. Es decir, la concepción está referida al proceso que se inicia cuando un espermatozoide capacitado se encuentra, en un ambiente apropiado, con un óvulo receptivo, que le permite la entrada, continúa con la formación de ambos pronúcleos y termina cuando se ha producido la fusión del material hereditario aportado por el espermatozoide con el aportado por el óvulo, constituyéndose una unidad nueva, genéticamente diferente a las dos que le dieron origen
Pues bien, en su forma natural, “Se ha puesto así fin al proceso de la fecundación que tan sólo demoró 12 horas desde el primer contacto físico entre el óvulo y el espermatozoide”( ) como dice el profesor Fernando Zegers H. De este modo, hablar de “momento”, en cuanto “porción de tiempo muy breve”, como define el Diccionario de la Real Academia Española la palabra, es, por lo menos, un error. No existe el “momento” de la concepción. Éste ni siquiera se da en el caso de la inyección intracitoplasmática de espermatozoides (ICSI), esto es, cuando el espermatozoide es inyectado artificialmente dentro del óvulo, pues de todas maneras debe continuar el proceso de integración genética. Artificialmente además puede ser interrumpido, congelando la célula en nitrógeno líquido, de modo tal que si se hace de manera adecuada, se puede reiniciar más adelante sin problema alguno. Es precisamente el hecho de tratarse de un prolongado proceso, que se puede interrumpir y por esa vía prolongar por años, lo que hace erróneo, de partida, hablar de “momento de”, como si se tratara de una situación que se produce en un instante, o al menos en un período temporalmente muy breve.
Es precisamente la situación descrita lo que ha llevado a autores a manifestar diferentes posiciones sobre cuál sería precisamente el “momento”. Algunos, como José Ugarte, en un texto ya comentado en este blog( ) señala que “El embrión es, pues, ser humano, individuo humano, desde el inicio del cigoto”( ). Y más adelante, precisamente, refuta la opción de que al no haberse aún unificado el material genético, el individuo humano comienza con la fusión de los pronúcleos( ). En este mismo sentido se manifiestan P. Robert Badillo, y P. Eduardo Rodriguez Yunta, cuando señalan “”Desde el proceso de la fecundación cuando el espermatozoide o célula germinal masculina penetra el óvulo o célula germinal femenina, formando la única célula del cigoto, la entidad biológica que emerge es un ser humano”( ). Gomez Lobos sin embargo sostiene lo contrario “Desde el descubrimiento del óvulo femenino (von Baer 1827) y del fenómeno de la fusión de los núcleos de los dos gametos, con la consecuente emergencia de un organismo con propiedades novedosas e irreductibles a las de sus dos predecesores, resulta casi inevitable concluir que el final de la fusión o singamia marca con alta probabilidad el punto en que comienza un organismo humano” ( ). En la misma línea parece encontrarse María M. Martín M, quien afirma "Con la fusión de los gametos humanos masculino y femenino y la constitución del nuevo mapa cromosómico diploide comienza a existir un nuevo organismo varón o mujer, primeramente y por breve espacio de tiempo unicelular y después pluricelular"( ).
La importancia jurídica de toda esta discusión no es sólo académica, como se pudiera pensar, posee hondas repercusiones prácticas. Y adquiere particular relieve en torno al tema de la crioconservación en procesos de fertilización asistida en humanos. Si antes de la singamia no tenemos individuo, no hay impedimento jurídico que nos impida proceder a la congelación del óvulo cuando aún posee dos pronúcleos( ). Por el contrario, si ya se estima que existe individuo humano, la conducta de crioconservación, a partir de esta etapa, puede estimarse atentatoria contra él, y en consecuencia prohibirse.
II. Imprecisiones: Diferentes conceptos de “concepción”
“Hemos evitado cuidadosamente la palabra “concepción” en la descripción del proceso reproductivo porque el término es confuso”( ), dicen Anibal Faúndez y José Barzelatto, en su conocida obra “El drama del aborto”. Y no pueden estar más en lo cierto, pues no sólo carece de un significado biológico preciso, además con frecuencia se utiliza de manera vaga e imprecisa y de su significado van a depender alcances jurídicos y morales diversos.
1. Considerada como sinónimo de fecundación o fertilización
Una primera alternativa, es que la expresión “concepción” sea simplemente sinónimo de fecundación o fertilización, cualquiera sea el espacio en donde este procedimiento se desarrolla. Es decir, la expresión se refiere al proceso mediante el cual el espermatozoide se fusiona con el óvulo, ya sea que el proceso se inicie al interior del vientre materno, o fuera de éste.
Este es precisamente el sentido de lo afirmado por un grupo de profesores de diferentes universidades que en el "Informe en derecho. El derecho a la vida y su titularidad. Algunas consideraciones a propósito de la comercialización de la droga levonorgestrel 0.75"( ) sostienen que así como es una obviedad que "la cualidad esencial de los derechos constitucionales radica en que emanan de la naturaleza humana”( )… "Algo parecido sucede con ciertos datos científicos básicos, como el hecho de que cuando un espermatozoide fecunda un óvulo se forma un nuevo ser, un embrión que es precisamente la forma más joven de un ser". Y líneas más adelante agregan "Y si aquella célula es el resultado de la unión de gametos humanos, resulta imposible negar que se trata de un ser humano, pues es un ser y es humano, ya que pertenece a la especie humana"( ). ¡Curioso resulta ver que aquello que muchos discuten, y frente a lo cual existen numerosas y diferentes respuestas, se da por supuesto, bajo el argumento de la obviedad! En este sentido es mucho más aceptable lo afirmado por Patrico Ventura-Juncá, Director del Centro de Bioética de la Universidad Católica y Angela Vivanco, profesora de D. Constitucional de la misma universidad, que coincidiendo con las conclusiones finales del informe mencionado señalan "Se podrá constatar que en el ámbito filosófico hay visiones diferentes sobre el momento en que se inicia la existencia de un nuevo individuo de la especie humana y, sobre todo, donde se registran mayores diferencias es en lo relativo a las condiciones necesarias para que se le reconozcan plenos derechos como persona."( ).
2. Considerada como sinónimo de fecundación in corpore
Pero la interpretación anterior no es la única posible. Más aún, resulta absolutamente lógico considerar que la expresión “concepción” tiene un contenido diferente, o al menos parcialmente distinto. Y es que como lo señala cualquier diccionario, la expresión concepción se refiere siempre a concebir y esto último significa “quedar preñada”, en el lenguaje del Diccionario de la Real Academia Española. Sólo una mujer puede concebir y la concepción resulta incomprensible sin una mujer. Es decir, cualquiera sea el contenido específico de la expresión, ella siempre dirá relación con lo que ocurre al interior de una mujer. En este sentido, el profesor Ortiz resulta extraordinariamente claro cuando luego de señalar que “La concepción es la acción y el efecto de concebir, de acuerdo al sentido corriente del vocablo…”( ) agrega “La acción de concebir consiste en la fusión gametaria inicial (fecundación). El efecto de concebir es la preñez o embarazo. La concepción es la reunión de la fusión gametaria y el embarazo en forma indisoluble”( ).
De este modo, si la expresión la referimos a la fecundación, ella debiera limitarse exclusivamente a ese proceso cuando tiene lugar dentro del cuerpo de una mujer, dejando fuera todas las situaciones relacionadas con la fertilización in vitro.
3. Considerada como sinónimo de embarazo
Pero si entender concepción como sinónimo de fecundación no entrega una claridad conceptual capaz de resolver buena parte de los problemas jurídicos que desde un principio se planteaban, mayor complejidad resulta de saber que tampoco hay acuerdo en que la expresión se deba entender de ese modo. Hay múltiples autores, y en las diversas áreas en donde el tema se discute, que sostienen que la expresión concepción sólo puede tener sentido referida a la anidación, que es el momento en el cual la mujer queda embarazada. Tal como lo señaló el profesor Ortiz, si “La concepción es la reunión de la fusión gametaria y el embarazo en forma indisoluble”( ), en términos temporales, ella podría identificarse con el momento en que el cigoto se anida al cuerpo de la mujer que lo contiene.
Este planteamiento surge desde la medicina, y encuentra a su principal exponente en la Organización Mundial de la Salud, para cuya institución el embarazo comienza con la implantación. En el mismo sentido se expresó “…el Colegio de Obstetricia y Ginecología de los Estados Unidos (American College of Obstetricians and Gynecologists, ACOG), el cual, en 1965, definió la concepción como "la implantación de un óvulo fertilizado"( ). De este modo, lo que se está señalando es que con el término de “embarazo” se define el período comprendido entre la anidación del embrión en el útero y el parto.
Desde la filosofía sólo en ese sentido puede entenderse el texto de Habermas en “El futuro de la naturaleza humana. ¿Hacia una eugenesia liberal?”, cuando se refiere al “…empleo permitido de inhibidores de la concepción”( ), refiriéndose a “espirales que no obstaculizan la recepción, pero si la anidación”( ).
Por último, destaquemos que también dentro de quienes aceptan esta definición de “concepción” es posible efectuar algunas distinciones. Así, para algunos autores el concepto es genérico, correspondiendo a la anidación en cualquier lugar que se produzca. Para otros en cambio, como los profesores Ortiz y Figueroa citados, sólo es posible hablar de concepción si la anidación se produce en el endometrio, esto es, al interior del útero, dejando fuera todo proceso de anidación ectópica, como es el caso del llamado embarazo tubario, distinción que no es indiferente para efectos jurídico penales, pues tiene relación directa con la figura del aborto, que la doctrina suele definir como la muerte del producto de la fecundación, al interior de una mujer embarazada.
III Conclusiones absurdas
La primera conclusión a la que se debe arribar, si se quiere ser consecuente con la hipótesis de que el individuo comienza con la fecundación, parece una verdadera paradoja: no todos los individuos humanos comienzan con la fecundación. El planteamiento mencionado nos obliga a reconocer que al menos habría tres caminos diferentes, empleados por la naturaleza, para iniciar la existencia del individuo humano.
a) Fecundación. Es la más frecuente. La gran mayoría de los seres humanos iniciarían su existencia mediante la unión de un espermatozoide y un óvulo.
b) Bipartición o fisión binaria. A diferencia de la situación anterior, la existencia de gemelos univitelinos, esto es, con origen en el mismo óvulo fecundado por el mismo espermatozoide, mostraría a algunos individuos en los que el inicio de su existencia se daría de manera muy diferente. Ya se sostenga la tesis de que los dos gemelos tuvieron un origen común, en algún momento posterior a la división del cigoto, en cuyo caso un “individuo” se dividió en dos para dar origen a individuos diferentes, como las bacterias, o que el segundo (¿?) se generó a partir del primero (¿?), en ambos casos habría alguno que no tiene su origen en la fecundación.
c) Fusión. Análisis genéticos realizados a individuos que presentaban un marcado hermafroditismo, permitieron detectar la existencia de personas constituidas por la fusión de dos cigotos o embriones distintos. Es decir, sus estructuras genéticas eran el resultado de la fusión de óvulos distintos, fecundados por espermatozoides diferentes. Se trataba de la combinación de dos preembriones distintos, seres humanos ya, en la hipótesis de la fecundación, que en definitiva en un proceso natural, forman un individuo único. (Es interesante destacar que, a diferencia de lo que ocurre con los gemelos, no tenemos ningún indicio de la magnitud de este fenómeno, que sólo adquiere visibilidad cuando los preembriones que se fusionan son de sexos diferentes).
Si a todo esto agregamos la posibilidad –teórica al menos por el momento- de que por métodos artificiales se tenga origen en una clonación por transferencia de núcleo, habría una cuarta forma de originarse, y si además incluimos el proceso de partenogénesis, una quinta.
Incomprensible, desde la óptica de la fecundación, como las situaciones anteriores, resulta la otra conclusión lógica que se desprende desde el simple análisis de la realidad biológica: no todos los que se iniciaron como “individuos” con la fecundación, terminarán su vida como “individuos”. Y no estamos hablando de que sólo “… el 20% de los cigotos tiene la potencialidad de convertirse en embriones clínicamente evidentes”, y por tanto de que “El 80% de los cigotos no llega a implantarse o recién implantados se pierden…”( )), sino más bien de una situación muy diferente. El profesor Fernando Zegers-Hochschild la resume de manera muy clara “Un embrión de 8 células puede seguir adelante su camino hacia una mórula, blastocisto, implantarse y constituir finalmente una persona. El mismo embrión puede transformarse en un tumor llamado mola hidatiforme o en un cáncer llamado coriocarcinoma que de no ser tratado mata a la mujer”( ).
Es decir, y siguiendo la lógica de la fecundación como inicio, ahora resulta que, en el caso de la mola hidatiforme, un individuo humano se ha transformado en una masa, en este caso, en una sobreproducción de tejidos, generalmente compuesto de material placentario que crece sin control, y junto al cual no existe un feto en absoluto.
Similar, pero más dramático aún resulta la situación del coriocarcinoma, tumor cancerígeno, y a menudo metastático, que puede desarrollarse a partir de un cigoto. Fernando Zegers-Hochschild describe gráficamente la situación señalando “Esto no significa que parte del embrión se maligniza. El embrión deja de existir como tal y en su totalidad se transforma en un cáncer. Para mayor redundancia, no es una persona con un cáncer; es simplemente un cáncer”( ), pero que originariamente habría sido individuo humano, de aceptar el planteamiento que cuestionamos, agregamos nosotros. ¡De ser humano a cáncer! ¿Podría ser esa la evolución de un ser humano?
Adicional a los problemas ya planteados, debiéramos preocuparnos de determinar el momento en que el individuo, al transformarse en mola hidatiforme o en coriocarcinoma, deja de ser individuo, o lo que es lo mismo, fijar una especie de “muerte” para este “ser humano”. Desde la perspectiva jurídica y a la luz de la hipótesis de la fecundación, ello resulta imprescindible, pues en algún momento será necesario determinar cuando estamos ante una conducta que puede ser abortiva o ante una que sólo es terapia anticancerígena.
Ahora bien, siguiendo lo señalado con anterioridad, la consecuencia lógica sería que la filiación tradicional se alterara en el caso de los gemelos y las quimeras. En el caso de los gemelos, ya sea uno de ellos, o ambos, según la hipótesis que adoptemos, no será descendiente de quienes hoy aparecen como sus padres, y como consecuencia de ello, la filiación legal debiera modificarse. De este modo, según la hipótesis que sitúa el origen del individuo en el momento de la concepción, los gemelos no debieran tener legalmente padres, o en la otra hipótesis, uno de ellos sería el padre y el otro el hijo, más allá de los problemas de prueba que podrían plantearse.
Siguiendo entonces la hipótesis de la fecundación, los que tienen su origen mediante ella tendrían padres, los gemelos en principio sólo abuelos y las quimeras, serían una especie de hijos de si mismos.
A partir de la adopción de la fecundación como inicio del individuo, la venta, distribución, colocación y uso del DIU debiera prohibirse, pues se trata se trata de un dispositivo, que, entre otros efectos, impide la anidación del óvulo fecundado, y por tanto significa la destrucción de un “individuo humano”.
Profundas modificaciones debería sufrir también nuestra legislación penal. Sin entrar en detalles, y sólo para ser consecuente con el resto del sistema, en el ámbito del derecho penal debiéramos generar una serie de nuevas figuras penales. De partida, una análoga al aborto –que por definición siempre se ha cometido sobre una mujer embarazada- pero destinada a proteger la vida del preembrión en situación extracorpórea. Del mismo modo, debiéramos sancionar penalmente la criopreservación de embriones, ya con la figura tradicional del secuestro –encerrar o detener dice nuestro código penal- o con un tipo especial creado al efecto. Como en todo caso se trata necesariamente de un delito permanente, se debiera regular la situación de los preembriones preexistentes a la fecha de la aprobación de la norma, pues a partir de su entrada en vigencia esa situación no podría continuar, ya que de hacerlo, se estaría cometiendo el delito de secuestro. Por supuesto tampoco se les podría destruir, pues en este caso se cometería un delito análogo al homicidio.
Por último, digamos que todo lo anterior debiera cambiar sustancialmente la concepción del ser humano. Resulta que ahora los seres humanos se reproducen, de manera sexual, pero también asexual, por bipartición, como las bacterias, pueden incluso fusionarse para producir nuevos individuos. Algunos humanos morirán, en cuanto cese irreversible de las funciones encefálicas, pero otros no, no sólo porque aún no comienzan a tener dichas funciones, sino porque se transformaron en una masa celular que crece sin control, o en un tumor cacerígeno altamente metastásico. Y desde el punto de vista de su tiempo vital, los seres humanos, como especie, ya hemos alcanzado la eternidad, mediante crioconservación de preembriones.