sábado, 23 de enero de 2016

DELITOS POR MANIPULACIÓN GENÉTICA A NIVEL DE PERSONAS

Fernando García Díaz


Como cada año en esta fecha, y este no podía ser diferente, el “Congreso del Futuro” nos trae a la reflexión temas de diferente naturaleza, muchos de ellos relacionados con los avances científicos que las diferentes disciplinas están experimentando. Nanotecnología, inteligencia artificial, robótica y biología molecular, parecen ser las disciplinas cuyos avances más impactarán en la vida diaria de los residentes del futuro.
Producto de estos avances, en el ámbito jurídico penal, y desde mediados de la década de los noventa, un nuevo concepto alcanza una masiva difusión, los delitos de “manipulación genética”, especialmente en torno a dos fenómenos de muy diferente significación, la incorporación de delitos bajo ese epígrafe en el Código Penal Español en 1995, que va a servir de modelo en América Latina en muchos aspectos y por cierto en esas materias, y la noticia de la existencia de una oveja clonada, llamada Dolly, en 1997.
Como es sabido, Dolly, nacida el 5 de julio de 1996, se generó a partir de un proceso de clonación, por transferencia del núcleo desde una célula de glándula mamaria([1]), por tanto ya especializada, correspondiente a una oveja de 6 años([2]), al óvulo de otra oveja. Como se recordará, la posibilidad de clonar seres humanos, (¿de la oveja al pastor?), que el caso de Dolly ponía en evidencia, produjo un verdadero escándalo social, político y cultural, que se tradujo, entre otras cosas, en la incorporación apresurada de una referencia específica a esa posibilidad, en la Declaración Universal sobre el Genoma Humano y los Derechos Humanos, y en nuestro país, en propuestas legislativas, más incompletas y apresuradas aún, de prohibición de la clonación humana([3]). A nivel de opinión pública, una verdadera inundación de textos –algunos con afirmaciones extraordinariamente grotescas- puso de moda conceptos como manipulación genética y clonación.
Hoy queremos traer a colación una reflexión sobre el tema de la manipulación genética, pero mirado desde una perspectiva inusual, que busca por un lado darle contexto histórico al tema, y por otro, ayudar a una sistematización de dichas figuras penales. Y es que en nuestra opinión, que por cierto difiere de la de la mayoría, y dado que lo genético no está referido exclusivamente al gen, ni menos de forma exclusiva en su concepción molecular, sino más bien a toda la genética, esto es, a aquella “parte de la biología que trata de la herencia y de lo relacionado con ella”([4]), por manipulación genética podemos entender toda actividad humana que tenga como fin modificar las leyes de la herencia, o mejor aún, las expresiones concretas de un patrimonio genético determinado, y no solo aquellas que actuando a nivel molecular, buscan la alteración del ADN.
Desde esa perspectiva, es posible distinguir cuatro niveles de manipulación genética. En esta oportunidad sólo nos referiremos al primero de ellos.
En este nivel, el más básico y el más antiguo, la manipulación se reduce a modificar directamente las conductas y/o las situaciones a las que se somete a un organismo, -vegetal, animal o humano-, con miras a lograr que una consecuencia hereditaria deseada aumente sus probabilidades de producirse, o una indeseada disminuya. En esta categoría se encuentra la actividad de "selección artificial", que agricultores y ganaderos conocían siglos antes que Darwin descubriera el proceso paralelo realizado por la naturaleza y lo denominara "selección natural".
Normalmente esta situación no aparece claramente identificada como manipulación genética por los autores, y por tanto no hacen referencia a ella, y las legislaciones tampoco las abordan en relación con éste ámbito. Por el contrario, muchos autores la descartan como “manipulación genética”, al darle a este concepto un alcance restrictivo que en nuestra opinión no tiene.
En un primer momento, bajo los principios “científicos” de la eugenesia, se legalizaron algunas de las prácticas que hoy insertaríamos en esta categoría de delitos. A la luz de lo que mostró la II Guerra Mundial, más tarde se penalizaron, vinculándolas directamente con los atentados más repudiables relacionados con la dignidad humana
Recordemos que sobre la base de los postulados de Darwin, de Mendel, pero sobre todo de Galton (1822-1911), en varios países se diseñaron e implementaron políticas eugenésicas, pretendiendo evitar la transmisión de caracteres considerados indeseables y una que otra pretendiendo multiplicar los caracteres definidos como deseables.
Para lograr lo primero, se recurrió a prohibir el ingreso de determinados migrantes, promover la esterilización, impedir matrimonios, y en casos aislados promover el aborto y la muerte del recién nacido. Como resultado de estas ideas, entre otras cosas, se dictan leyes en una treintena de estados de los Estados Unidos([5]), que promueven la esterilización de “criminales, violadores, idiotas, débiles mentales, imbéciles, lunáticos, borrachos toxicómanos, epilépticos, sifilíticos, pervertidos sexuales y morales y personas enfermizas y degeneradas”([6]), y que hasta 1929 logran hacerlo con unas 8500 personas([7]). Del mismo modo se promueve una legislación que regulan las migraciones de extranjeros, estableciendo criterios claramente racistas para ello.
En la Alemania nazi, por su parte, ocurre algo similar, y ya “...en julio 1933, menos de cuatro meses después de que Hitler asumiera el poder dictatorial supremo se promulga la Ley para la Prevención de la Progenie Genéticamente Enferma”([8]).
Para alcanzar el segundo objetivo, la promoción de características hereditarias deseables, el régimen nazi promovió la reproducción entre soldados alemanes y mujeres noruegas, dando origen al programa llamado Lebensborn, (fuente de vida), que entre otras cosas significó el nacimiento de al menos 8.000 niños de soldados alemanes con mujeres con rasgos arios, que buscaban crear una raza aria pura y superiorTerminada la guerra, esos niños se convirtieron en vestigios vivos del nazismo, ese verdadero demonio que había que eliminarlo, borrarlo de la faz de la tierra, y especialmente en Noruega, fueron maltratados, ultrajados, vejados, tratados como seres humanos de tercera categoría hasta años muy recientes. “Nacidos culpables”, parecía ser su destino. Sólo en las últimas décadas se ha empezado a reconocer el racismo con el cual se actuó frente a ellos. La historia que más ha trascendido de uno de estos niños, es la de Anni-Frid Lyngstad, más conocida como Frida, la hermosa morena (o colorina) del grupo ABBA.
En la legislación penal internacional actual, lo más cercano a estas conductas lo constituyen aquellas prácticas que buscan destruir o debilitar un grupo nacional, racial o religiosa, y que la humanidad, desde hace ya casi 60 años conoce como genocidio.
En nuestro país es posible incorporar como delito asociado a esta categoría la figura tipificada en la segunda parte del art. 17 de la ley 20.120. Como se recordará, allí se sanciona al “…que realizare cualquier procedimiento eugenésico en contravención al artículo 3°”.
En verdad no se trata de una figura exclusiva de este nivel de manipulación, pues podría darse en cualquiera de ellos, pero también podría darse aquí, como por ejemplo si repitiéramos las prácticas descritas.

Santiago, enero de 2016




[1] “John Bracken le puso tal nombre pensando en Dolly Parton(*), en alusión al tema mamario”, Wilmut, Ian, “La Segunda Creación. De Dolly a la clonación humana”, Wilmut, Ian; Campbell, Keith y Tudge, Colin, Ediciones B, S.A., 1ª edición, Barcelona 2000, pág. 260. *”Cantante de música country, nacida en 1946 en Locust Ridge (Tennessee, Estados Unidos) y famosa además por el volumen de su pecho (N. del T.)” (op. cit. pág. 260).
[2] Una completísima información sobre los aspecto técnicos y sociales, que condujeron a Dolly, en “La Segunda Creación. De Dolly a la clonación humana”, op. cit.
[3] El 12 de marzo ingresa al Senado el proyecto titulado “sobre la investigación científica en el ser humano, su genoma, y prohíbe la clonación humana”, en abril ingresa un nuevo proyecto al parlamento que “establece normas sobre bioética” ¿? que también prohíbe la clonación humana. La propuesta presentada en marzo, se transformó en la ley 20.120, con fecha 22 de septiembre de 2006.
[4] Diccionario RAE, 22ª versión.
[5] ROMEO CASABONA, CARLOS MARIA, “Del gen al derecho”, Universidad externado de Colombia, Bogotá 1996, pág. 239
[6] CHOROVER, STEPHAN L. “Del génesis al genocidio”, ed. Orbis, S.A. Biblioteca de divulgación Muy Interesante, Madrid 1986, pág. 63
[7] CHOROVER, STEPHAN L. op. cit. Pág.63
[8] CHOROVER, STEPHAN L. op. cit. Pág.111


4 comentarios:

  1. La eugenesia, en España (y también en Chile con Allende, un buen hombre asesinado por Nixon y su lacayo Pinochet, pero también muy influenciado por la eugenesia) fue progresista y laicista :Enrique Madrazo,promotor del laicismo escolar y todavía muy querido por los progres,Doctor Enrique Madrazo, la justicia del recuerdo,http://www.laicismo.org/detalle.php?tg=56&pg=1&pk=261ppal.
    Madrazo insinúa ya un distingo que tendrá un largo porvenir. Por una parte una eugenesia negativa, dedicada a localizar y eliminar aquellos grupos de población que suponían una amenaza biológica para el organismo nacional: enfermos mentales, disminuidos físicos, delincuentes y gitanos, principalmente. Madrazo no dudaba en defender la castración obligatoria, la expulsión e incluso la destrucción, al menos en relación con la raza gitana. Por otra parte esbozaba un programa de eugenesia positiva, destinado a estimular la reproducción de los individuos más aptos e inteligentes.´´
    Se puede encontrar una eugenesia de impronta positivista y anticlerical, como en los argumentos de Madrazo,. Destacados intelectuales republicanos de izquierdas, como Luis Huerta, Jiménez de Asúa, Enrique Noguera o Rodríguez Lafora, se adhieren al movimiento eugénico. Jiménez de Asúa y de Hildegart Rodríguez, la ´´Virgen Roja´´- y el anarquismo con los doctores Isaac Puente y Martí Ibáñez como figuras destacadas- también hicieron suya la eugenesia.´´
    Citas sacadas de este estupendo enlace:6. La eugenesia en España y Latinoamérica
    http://09eugenesia.blogspot.com/search/label/0620La20eugenesia20en20EspaC3B1a20y20Latin
    Por otra parte la oposición católica fue decisiva para frenar la eugenesia.Pio XI condena expresamente la idea de que el estado fuese dueño de los cuerpos de los subditos, por tanto, una esterilización coercitiva es inaceptable. La revista científica Annals of Internal Medicine (15 febrero 2000) publicó un estudio de la Universidad de Yale que compara el movimiento eugenésico de Estados Unidos y Alemania en la primera mitad del siglo XX. El estudio afirma que la labor de la Iglesia católica fue uno de los factores determinantes para frenar las esterilizaciones en los dos países.
    ´´En los Estados Unidos -concluye el artículo- una mezcla de malestar público, demandas judiciales y análisis crítico por parte de la profesión médica acabó reduciendo la fuerza del movimiento eugenésico´´. También hace notar que ´´el clero y los laicos católicos fueron en muchas ocasiones la oposición más fuerte a la legislación de esterilización eugenésica, sobre todo después de que el Papa Pío XI la condenara en la encíclica Casti connubii, en 1930´´.

    El estudio, elaborado por la Universidad de Yale, hace un detallado análisis del macabro movimiento y reconoce que éste no logró mayores avances por la labor de la Iglesia Católica, en una combinación de inquietud pública, oposición católico romana, democracia federal, revisión jurídica y escrutinio crítico de la profesión médica.

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  4. Interesante artículo pero le recuerdo el nombre de un médico proabortista que se distinguió por promover estas prácticas : el “mengele” de Guatemala y su mujer eran -como la española ACAI- activistas de Planned Parenthood http://www.forumlibertas.com/el-mengele-de-guatemala-y-su-mujer-eran-como-la-espanola-acai-activistas-de-planned-parenthood/

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