Fernando García Díaz
“Desde el descubrimiento de las huellas digitales,
ninguna otra aportación científica al campo de las ciencias forenses había
tenido un impacto tan profundo como el desarrollo de métodos de análisis de ADN
a partir de vestigios biológicos de interés criminal”
B. Budowle, T. R. Moretti, S. J. Niezgoda y B. L.
Brown
División de Laboratorio del FBI
Nota: texto tomado del libro "Huella Genética e Investigación Criminal"
1. EL TILA: LA IDENTIFICACIÓN DEL DELINCUENTE
Durante los primeros días de junio del año 2002, la
prensa y la televisión daban extensa cuenta de la agresión de que había sido
víctima una familia que habitaba en Camino El Huinganal, comuna de Lo
Barnechea, uno de los barrios elegantes de la ciudad de Santiago.
El miércoles 5 de junio, aproximadamente a las
21:30, y no obstante los sistemas de seguridad privada, que se suponía tenía el
sector, un delincuente joven había entrado a la propiedad, y actuando con
extrema violencia, había procedido a atacar a los moradores presentes allí en
ese momento. Luego de reducirlos, requirió detalles de los bienes que allí se
guardaban y se apropió de algunos de ellos. Con posterioridad violentó
sexualmente a la madre y la hija, lesionó severamente a nivel de pulmones a
esta última y agredió con golpes a un niño de 9 años. Después de permanecer
horas en el lugar, obligó a sus víctimas a ingerir medicamentos estimulantes
del sueño, y huyó de la casa.
La causa conmocionó a la opinión pública. Todos los
medios de comunicación dieron y comentaron la noticia. Las investigaciones
policiales y judiciales destinaron los mejores recursos para dar con el
“violador de Lo Barnechea”.
En base al análisis de las emisiones de los
celulares robados, la policía detiene a tres sospechosos. El 19 de junio, por
oficio Nº 2356 del 31 Juzgado del Crimen de Santiago, se ordena efectuar una
serie de pericias de ADN, que corresponden a sangre de las 2 víctimas, de los 3
sospechosos y a contenido rectal, bucal y vaginal de las víctimas. El 23 de
junio, sólo 4 días después de solicitados los informes, la Jefe del
Departamento de Laboratorios y el perito ejecutor y Encargado de la Unidad de
Biología Molecular del Servicio Médico Legal emitían sus resultados. En la
conclusión Nº 9 se decía “El perfil genético de la muestra de sangre del
sospechoso 1 ...no coincide con el perfil deducido por lo cual se puede excluir
como contribuyente del semen encontrado en ambas víctimas”([1]). La misma frase se repetía, pero cambiando el
número del sospechoso, esta vez 2 y 3 respectivamente, en las conclusiones 10 y
11. Las investigaciones no habían ido por buen camino. Pero la última
conclusión era relevante, aunque no sorprendente, pues sobre la base del
análisis del modus operandi ya se había
planteado “El perfil genético del agresor, deducido a partir de las mezclas
encontradas en las víctimas, corresponde exactamente al encontrado en la
muestra de papel higénico (D-6509/01) correspondiente al delito investigado por
el 33 Juzgado del Crimen de Santiago, causa Rol Nº 4156-2001-4”([2]).
Se trataba del mismo delincuente que meses antes
había robado y violado en la comuna de Vitacura, a una familia, también de
altos ingresos.
El resto es también
conocido, el autor de todos estos delitos era Roberto José Martínez Vásquez,
alias “El Tila”, nacido en abril de 1976, con sólo 5 años de escolaridad, y un
profuso y violento pasado delictivo. El informe pericial, que rola a fs. 1904 a
1914 del proceso Nº 2064-4-2002, seguido ante el 31 Juzgado del Crimen de
Santiago lo define como portador de un “trastorno disocial de la personalidad”
(fs. 1913), lo que en todo caso ”...no corresponde a una enfermedad mental... y
por tanto no constituye una enajenación mental” (fs.1913).
Roberto Martínez V.
no sólo había violado a víctimas de sectores sociales altos, también era el
responsable del homicidio de M. Z. Primero la había asesinado con un cuchillo,
luego se había comido parte de sus vísceras, más tarde descuartizó
completamente el cadáver, y por último intentó hacer desaparecer el cuerpo
quemándolo en una pira que previamente había preparado al efecto([3]).
Ubicado como
sospechoso, e identificado por las víctimas, la prueba definitiva que cerró
toda discusión sobre su responsabilidad fue su examen de ADN, que entregó
resultados que coincidían plenamente con los encontrados en las muestras
tomadas en los lugares de los crímenes.
2. ALTO HOSPICIO: LA IDENTIFICACIÓN DE LAS
VÍCTIMAS
3. VALPARAÍSO: LA CONFIRMACIÓN DEL DELITO
[1]
Informe D3351 al 3357, 3540, 3541, 3612, 3733 y 37 34/02. Sobre análisis de ADN
nuclear en evidencias y sangre Causa Rol Nº 2210-2002-4, 31 Juzgado del Crimen
de Santiago. El informe se encuentra agregado, a fs. 388 a 394, en la causa
2064-4-2002, del mismo tribunal, en donde se acumularon todos los procesos
contra Roberto José Martínez Vásquez.
[2]
Este informe rola a fs. 738 a 740 de la causa ya individualizada.
[3]
En todo caso, además de la extrema violencia del delincuente, uno de los
elementos que más impresiona es el criterio clasista con que la prensa y la
sociedad toda reaccionan frente a estos hechos. En verdad lo que importa, se
denuncia y constituye la noticia pública, es la agresión contra familias de
altos ingresos. El propio Ministerio del Interior se hace parte en esas causas
por esas razones. A nadie preocupa la muerte, mediante uno de los homicidios
más brutales que conoce nuestra historia delictiva, de una niña marginal y
drogadicta. El Tila pasa a la historia delictiva como un violador, no como un
homicida
[4]
Informe D-2860/02, 2861/02, 2862/02, 2854/02, 2855/02, 2856/02, 2857/02,
2858/02, 2859/02, 2905/02, 2906/02 y 2907/02 sobre análisis de ADN nuclear y
mitocondrial, en causa Rol acumulado 73.675 y otros, tomo XI Corte de
Apelaciones de Iquique, Departamento de Laboratorios del Servicio Médico Legal
[5]
LORENTE, ACOSTA, JOSE ANTONIO, Importancia Médico Legal de las Bases de datos
de ADN, en Bases de Datos Genéticas de Identificación Criminal, en García,
Jorquera y Lorente, 2002
[6]
Con especial dramatismo también esta situación ha quedado de manifiesto en el
caso de los detenidos desaparecidos de nuestro país.
[7]
Todas las citas de este párrafo provienen de la sentencia rol 20864, de fecha
20/05/2002, de la Corte de Apelaciones de Valparaíso.
[8] Tribunal : Corte de Apelaciones de
Valparaíso Fecha : 20/05/2002 Rol : 20864-2000, Jurisprudencia en línea
Lexisnexis, Número Identificador LexisNexis: 24544, Texto completo de la
sentencia.
[1]
Informe D3351 al 3357, 3540, 3541, 3612, 3733 y 37 34/02. Sobre análisis de ADN
nuclear en evidencias y sangre Causa Rol Nº 2210-2002-4, 31 Juzgado del Crimen
de Santiago. El informe se encuentra agregado, a fs. 388 a 394, en la causa
2064-4-2002, del mismo tribunal, en donde se acumularon todos los procesos
contra Roberto José Martínez Vásquez.
[2]
Este informe rola a fs. 738 a 740 de la causa ya individualizada.
[3]
En todo caso, además de la extrema violencia del delincuente, uno de los
elementos que más impresiona es el criterio clasista con que la prensa y la
sociedad toda reaccionan frente a estos hechos. En verdad lo que importa, se
denuncia y constituye la noticia pública, es la agresión contra familias de
altos ingresos. El propio Ministerio del Interior se hace parte en esas causas
por esas razones. A nadie preocupa la muerte, mediante uno de los homicidios
más brutales que conoce nuestra historia delictiva, de una niña marginal y
drogadicta. El Tila pasa a la historia delictiva como un violador, no como un
homicida
[4]
Informe D-2860/02, 2861/02, 2862/02, 2854/02, 2855/02, 2856/02, 2857/02,
2858/02, 2859/02, 2905/02, 2906/02 y 2907/02 sobre análisis de ADN nuclear y
mitocondrial, en causa Rol acumulado 73.675 y otros, tomo XI Corte de
Apelaciones de Iquique, Departamento de Laboratorios del Servicio Médico Legal
[5]
LORENTE, ACOSTA, JOSE ANTONIO, Importancia Médico Legal de las Bases de datos
de ADN, en Bases de Datos Genéticas de Identificación Criminal, en García,
Jorquera y Lorente, 2002
[6]
Con especial dramatismo también esta situación ha quedado de manifiesto en el
caso de los detenidos desaparecidos de nuestro país.
[7]
Todas las citas de este párrafo provienen de la sentencia rol 20864, de fecha
20/05/2002, de la Corte de Apelaciones de Valparaíso.
[8] Tribunal : Corte de Apelaciones de
Valparaíso Fecha : 20/05/2002 Rol : 20864-2000, Jurisprudencia en línea
Lexisnexis, Número Identificador LexisNexis: 24544, Texto completo de la
sentencia.
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